Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Robledollano. (BOP-2025-3851)
BOP-2025-3851 Pliego de cláusulas administrativas particulares para la contratación del arrendamiento del Centro de Día.
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licitación, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía
constituida por el licitador.
Si las causas de la no formalización fueran imputables al Ayuntamiento, se
indemnizará al adjudicatario de los daños y perjuicios que la demora le pueda ocasionar con
independencia de que pueda solicitar la resolución del contrato.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Unidad Tramitadora.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.1 de la LCSP, la unidad
encargada de la tramitación y seguimiento del expediente será la Secretaría del
Ayuntamiento en C/Eras nº 23 de Fresnedoso de Ibor.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Régimen Jurídico del Contrato.
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo
establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de
3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, el Reglamento de Bienes
de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio y la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; supletoriamente se aplicarán las
restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el
conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y
adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que
surjan entre las partes.
Redactado e informado favorablemente, en Fresnedoso de Ibor, a la fecha de su
firma electrónica.
EL ALCALDE-PRESIDENTE EL SECRETARI-INTERVENTOR
Fdo.: Juan Carlos García Durán Fdo.: Antonio Javier Fernández Sánchez
Cód.
Validación:
39LARNZARCDADZQ97TFT5724R
Verificación:
https://robledollano.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2025-3851
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de julio de 2025
N.º 0141
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