Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Presidencia de la Junta de Extremadura, Interior y Diálogo Social. (BOP-2025-3837)
BOP-2025-3837 Convocatoria proceso unificado para la provisión de 68 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de Extremadura.
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riesgo sobreañadidos. Pudiéndose utilizar excepcionalmente otros métodos supletorios a
criterio del tribunal médico siempre que sean debidamente motivados por este.
2. Exclusiones definitivas
2.1 Pérdida o alteración, total o parcial, congénita o adquirida de cualquier parte del cuerpo que
limite o dificulte la eficacia de las actividades propias del servicio.
2.2Enfermedades o anomalías genéticas, o hereditarias, constitucionales o adquiridas que limiten
o dificulten la realización de las actividades del servicio o puedan suponer un riesgo para la salud
del examinado o para terceros.
2.3 Enfermedades congénitas o adquiridas que precisen algún tipo de tratamiento específico y/o
de larga duración difícilmente compatible con las actividades propias del servicio.
2.4 Enfermedades infecciosas y parasitarias que o bien originen trastornos funcionales, exijan un
tratamiento continuado o bien por el riesgo de su contagiosidad sean incompatibles con el
desempeño de las funciones del servicio.
2.5 Enfermedades inmunológicas, intoxicaciones, hemopatías congénitas o adquiridas que
dificulten o limiten el desarrollo de las funciones propias del servicio o que sean susceptibles de
empeoramiento con el aumento de los requerimientos operativos.
2.6 Enfermedades alérgicas/inmunológicas sintomáticas o no controladas con tratamientos
médicos incompatibles con los requerimientos del servicio o que puedan verse agravadas por
las actividades del servicio.
2.7 Enfermedades reumáticas que originen trastornos funcionales.
2.8 Afecciones sistémicas del tejido conjuntivo.
2.9 Tumores malignos y lesiones precancerosas de cualquier localización y forma clínica y los
benignos que, por su tamaño o localización originen trastornos funcionales incompatibles con
las actividades del servicio.
2.10 Cualquier hallazgo, alteración, lesión o enfermedad que, bien por sí mismo, su evolución,
secuelas o por el tratamiento o su necesidad de control, dificulte o limite significativamente el
correcto desempeño de las funciones encomendadas o supongan un riego para sí mismo o para
terceros.
2.11 Evidencia de consumo de cualquier tipo de sustancia psicotrópica o droga, incluido alcohol,
o su detección analítica en el reconocimiento médico, así como de cualquier tipo de medicación
que pueda disminuir la capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente incapacite
para la realización de las actividades propias del servicio.
3. Ojo y visión
3.1 Anomalías o alteraciones congénitas o adquiridas del ojo sus anejos que produzcan o puedan
producir alteraciones anatómicas manifiestas o importantes trastornos funcionales.
3.2. Pérdida o atrofia de un globo ocular.
3.3. Exoftalmos si interfiere el cierre correcto de los párpados.
CVE:
BOP-2025-3837
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de julio de 2025
N.º 0140
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riesgo sobreañadidos. Pudiéndose utilizar excepcionalmente otros métodos supletorios a
criterio del tribunal médico siempre que sean debidamente motivados por este.
2. Exclusiones definitivas
2.1 Pérdida o alteración, total o parcial, congénita o adquirida de cualquier parte del cuerpo que
limite o dificulte la eficacia de las actividades propias del servicio.
2.2Enfermedades o anomalías genéticas, o hereditarias, constitucionales o adquiridas que limiten
o dificulten la realización de las actividades del servicio o puedan suponer un riesgo para la salud
del examinado o para terceros.
2.3 Enfermedades congénitas o adquiridas que precisen algún tipo de tratamiento específico y/o
de larga duración difícilmente compatible con las actividades propias del servicio.
2.4 Enfermedades infecciosas y parasitarias que o bien originen trastornos funcionales, exijan un
tratamiento continuado o bien por el riesgo de su contagiosidad sean incompatibles con el
desempeño de las funciones del servicio.
2.5 Enfermedades inmunológicas, intoxicaciones, hemopatías congénitas o adquiridas que
dificulten o limiten el desarrollo de las funciones propias del servicio o que sean susceptibles de
empeoramiento con el aumento de los requerimientos operativos.
2.6 Enfermedades alérgicas/inmunológicas sintomáticas o no controladas con tratamientos
médicos incompatibles con los requerimientos del servicio o que puedan verse agravadas por
las actividades del servicio.
2.7 Enfermedades reumáticas que originen trastornos funcionales.
2.8 Afecciones sistémicas del tejido conjuntivo.
2.9 Tumores malignos y lesiones precancerosas de cualquier localización y forma clínica y los
benignos que, por su tamaño o localización originen trastornos funcionales incompatibles con
las actividades del servicio.
2.10 Cualquier hallazgo, alteración, lesión o enfermedad que, bien por sí mismo, su evolución,
secuelas o por el tratamiento o su necesidad de control, dificulte o limite significativamente el
correcto desempeño de las funciones encomendadas o supongan un riego para sí mismo o para
terceros.
2.11 Evidencia de consumo de cualquier tipo de sustancia psicotrópica o droga, incluido alcohol,
o su detección analítica en el reconocimiento médico, así como de cualquier tipo de medicación
que pueda disminuir la capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente incapacite
para la realización de las actividades propias del servicio.
3. Ojo y visión
3.1 Anomalías o alteraciones congénitas o adquiridas del ojo sus anejos que produzcan o puedan
producir alteraciones anatómicas manifiestas o importantes trastornos funcionales.
3.2. Pérdida o atrofia de un globo ocular.
3.3. Exoftalmos si interfiere el cierre correcto de los párpados.
CVE:
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