Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Presidencia de la Junta de Extremadura, Interior y Diálogo Social. (BOP-2025-3837)
BOP-2025-3837 Convocatoria proceso unificado para la provisión de 68 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de Extremadura.
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
17
nombramiento como personal funcionario en prácticas, junto con la fecha prevista para el
comienzo del preceptivo curso selectivo.
Dichos nombramientos serán remitidos a la ASPEX por los ayuntamientos respectivos.
El nombramiento como personal funcionario en prácticas deberá realizarse siempre con carácter
previo a la fecha de inicio del correspondiente curso selectivo en la ASPEX y durará hasta la
toma de posesión como funcionaria y funcionario de carrera en la correspondiente categoría.
En caso de renuncia, fallecimiento, falta de justificación de los requisitos para el nombramiento,
incapacidad absoluta sobrevenida o concurrencia de cualquier otra causa que impida el
nombramiento de una persona aspirante como personal funcionario en prácticas o prive de
eficacia al nombramiento ya realizado, el ayuntamiento comunicará esta circunstancia a la ASPEX,
que sustituirá a la persona afectada por la primera que figure en la lista de reserva, a la que se le
asignará la misma plaza, siempre con anterioridad al desarrollo del correspondiente curso
selectivo de formación.
Base novena. - Curso Selectivo en la ASPEX.
Finalizada la primera parte del proceso selectivo, las personas seleccionadas deberán superar un
curso de formación en la ASPEX por un período mínimo de cinco meses, cuatro en la sede de
la Academia y uno de prácticas en el respectivo municipio para el que haya sido nombrada
funcionaria en prácticas, sin perjuicio de que, en función de la planificación de cada curso, dichos
períodos puedan verse ampliados.
El curso de formación y el período de prácticas que forma parte del mismo, tendrán carácter
obligatorio y eliminatorio, individualmente considerado, y su no superación determinará la
exclusión del procedimiento selectivo y la pérdida de cuantos derechos pudieran asistir a quien
no los hubiere superado en su conjunto.
La no incorporación al curso de formación en su primer día determinará la automática exclusión
de la persona que no se haya incorporado, salvo que concurra causa de fuerza mayor
debidamente acreditada y previa solicitud de la misma, cuya apreciación corresponderá a la
persona titular de la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil. En este caso,
la plaza no cubierta quedará vacante durante el desarrollo del curso selectivo, sin perjuicio de
que la misma pueda ser cubierta en el acto público final de elección de plaza con carácter
definitivo, tras la conclusión de dicho curso.
Durante el tiempo en que el o la aspirante se encuentre realizando el curso de formación, tendrá
la consideración de Agente en Prácticas de la respectiva entidad local con los derechos y
obligaciones inherentes a tal situación.
Como funcionarios y funcionarias en prácticas, el alumnado del curso percibirá, por parte de la
respectiva administración, una retribución equivalente al sueldo correspondiente al grupo de
clasificación de la categoría en la que aspiran a ingresar, que se incrementará, si las prácticas se
realizan desempeñando un puesto de trabajo, con las retribuciones complementarias asignadas
a éste hasta su toma de posesión como personal funcionario de carrera.
CVE:
BOP-2025-3837
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de julio de 2025
N.º 0140
Pág. 17359