Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2025-3626)
BOP-2025-3626 Bases Reguladoras de la convocatoria para la adjudicación de una Licencia de Uso Común Especial del Dominio Público a fin de que se instale y explote una Barra de Bar durante la Festividad de las Fiestas del Cristo 2025.
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AYUNTAMIENTO DE BARRADO
PLAZA DE ESPAÑA, 1 C.P. 10.696
VIGESIMOTERCERA. Extinción de la licencia demanial
Son causas de extinción de la licencia demanial, además de las ya previstas en estas bases:
a) El vencimiento del plazo de la licencia demanial.
b) El mutuo acuerdo entre el Ayuntamiento de Barrado y el/la autorizado/a.
c) El fallecimiento o incapacidad sobrevenida del/de la autorizado/a o, en caso de que el/la
autorizado/a sea una persona jurídica, la extinción de la misma.
d) La renuncia expresa y escrita del/de la autorizado/a indicando las causas que la provocan,
que no le dará derecho a recuperar el canon abonado.
e) La cesión, traspaso o arrendamiento de la licencia demanial.
VIGESIMOCUARTA. Jurisdicción contencioso-administrativa
Para todas las cuestiones que puedan originarse con motivo de la licencia demanial, tanto los/as
licitadores/as como el/la autorizado/a se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales
competentes, con renuncia a cualquier otro fuero.
En cuanto a las posibles responsabilidades penales se estará a lo dispuesto en el artículo 262 de
la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que tipifica las conductas
delictivas tendentes a alterar el precio en las licitaciones públicas.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE POR LA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE BARRADO, Dº. MARIA SONIA LLORENTE FAGÚDNEZ, EN LA FECHA ANOTADA AL MARGEN.
Cód.
Validación:
9L2LXDZYRQ36JAZHEG4NDPYF6
Verificación:
https://barrado.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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16
CVE:
BOP-2025-3626
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 15 de julio de 2025
N.º 0133
Pág. 16517
PLAZA DE ESPAÑA, 1 C.P. 10.696
VIGESIMOTERCERA. Extinción de la licencia demanial
Son causas de extinción de la licencia demanial, además de las ya previstas en estas bases:
a) El vencimiento del plazo de la licencia demanial.
b) El mutuo acuerdo entre el Ayuntamiento de Barrado y el/la autorizado/a.
c) El fallecimiento o incapacidad sobrevenida del/de la autorizado/a o, en caso de que el/la
autorizado/a sea una persona jurídica, la extinción de la misma.
d) La renuncia expresa y escrita del/de la autorizado/a indicando las causas que la provocan,
que no le dará derecho a recuperar el canon abonado.
e) La cesión, traspaso o arrendamiento de la licencia demanial.
VIGESIMOCUARTA. Jurisdicción contencioso-administrativa
Para todas las cuestiones que puedan originarse con motivo de la licencia demanial, tanto los/as
licitadores/as como el/la autorizado/a se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales
competentes, con renuncia a cualquier otro fuero.
En cuanto a las posibles responsabilidades penales se estará a lo dispuesto en el artículo 262 de
la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que tipifica las conductas
delictivas tendentes a alterar el precio en las licitaciones públicas.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE POR LA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE BARRADO, Dº. MARIA SONIA LLORENTE FAGÚDNEZ, EN LA FECHA ANOTADA AL MARGEN.
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