Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-2054)
BOP-2025-2054 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno Programa Escala "Piedra Caballera".
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Artículo 10. Causas de exclusión de los alumnos/as - trabajadores/as.
a) No seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan.
b) Incumplir de forma reiterada con las demás obligaciones establecidas en el Reglamento. En
la etapa de formación en alternancia con la práctica profesional durante toda el Programa
ESCALA y en relación con las causas de exclusión se estará a los dispuesto en los artículos
52,53 y 54 del Estatuto de los/as Trabajadores/as. Durante la etapa formativa inicial, serán
causa de expulsión del Programa las recogidas DOE Nº129 especificadas en el art.18 del
Decreto 55/2024 de 18 de junio y ampliadas en la “Guía de gestión de Proyectos. Programa de
Formación y Empleo ESCALA” (Punto 3.3).
Artículo 11. Aprovechamiento y aprendizaje. Se considerarán faltas de actitud en relación con
el aprendizaje todas las que representen un escaso o nulo interés del alumno por su formación
en cualquiera de sus vertientes y situaciones (atención en clases, interés en las prácticas,
realización de las tareas encomendadas, respeto en clase al/a profesor/a, etc.).
EVALUACIÓN. Todos/as los/as alumnos/as serán evaluados/as por monitores/as,
profesores/as de apoyo y dirección, siendo el resultado de esa evaluación el que determine la
continuidad de los alumnos en el programa. La evaluación se dirigirá a la actitud, aptitud,
rendimiento y comportamiento del alumnado, tendrá un carácter permanente y se podrá
complementar con cuantas pruebas y/o exámenes se estimen oportunos. Para comprobar la
consecución de los objetivos formativos, se llevarán a cabo controles basados en una
evaluación continua. En ellos se observarán y valorarán aptitudes, actitudes y conocimientos
teóricos, así como la progresión y la situación personal (adquisición y desarrollo de
competencias básicas).
PERMISOS. Se podrá solicitar siempre por escrito y con la debida antelación, el permiso para
abandonar el puesto de trabajo dentro del horario laboral. En el caso de urgente necesidad o
causa de fuerza mayor, se firmará en el acto, el formulario de solicitud de permiso explicando
brevemente el motivo de la ausencia. Posteriormente se adjuntará el justificante
correspondiente y en el caso de no tener la posibilidad de obtener un justificante, se
compensará la ausencia descontando la parte proporcional del salario o mediante la
compensación en tiempo cuando la Entidad Promotora estime.
PRODUCTOS. Todo lo producido durante el desarrollo del curso es propiedad del ente
promotor. No se pueden realizar trabajos de índole personal.
HERRAMIENTAS. Ni los materiales, ni las herramientas o maquinaria son propiedad de los/as
alumnos/as. Es una falta grave y motivo de exclusión, el mal uso, la apropiación sin permiso o
CVE:
BOP-2025-2054
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 28 de abril de 2025
N.º 0079
Pág. 9690
a) No seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan.
b) Incumplir de forma reiterada con las demás obligaciones establecidas en el Reglamento. En
la etapa de formación en alternancia con la práctica profesional durante toda el Programa
ESCALA y en relación con las causas de exclusión se estará a los dispuesto en los artículos
52,53 y 54 del Estatuto de los/as Trabajadores/as. Durante la etapa formativa inicial, serán
causa de expulsión del Programa las recogidas DOE Nº129 especificadas en el art.18 del
Decreto 55/2024 de 18 de junio y ampliadas en la “Guía de gestión de Proyectos. Programa de
Formación y Empleo ESCALA” (Punto 3.3).
Artículo 11. Aprovechamiento y aprendizaje. Se considerarán faltas de actitud en relación con
el aprendizaje todas las que representen un escaso o nulo interés del alumno por su formación
en cualquiera de sus vertientes y situaciones (atención en clases, interés en las prácticas,
realización de las tareas encomendadas, respeto en clase al/a profesor/a, etc.).
EVALUACIÓN. Todos/as los/as alumnos/as serán evaluados/as por monitores/as,
profesores/as de apoyo y dirección, siendo el resultado de esa evaluación el que determine la
continuidad de los alumnos en el programa. La evaluación se dirigirá a la actitud, aptitud,
rendimiento y comportamiento del alumnado, tendrá un carácter permanente y se podrá
complementar con cuantas pruebas y/o exámenes se estimen oportunos. Para comprobar la
consecución de los objetivos formativos, se llevarán a cabo controles basados en una
evaluación continua. En ellos se observarán y valorarán aptitudes, actitudes y conocimientos
teóricos, así como la progresión y la situación personal (adquisición y desarrollo de
competencias básicas).
PERMISOS. Se podrá solicitar siempre por escrito y con la debida antelación, el permiso para
abandonar el puesto de trabajo dentro del horario laboral. En el caso de urgente necesidad o
causa de fuerza mayor, se firmará en el acto, el formulario de solicitud de permiso explicando
brevemente el motivo de la ausencia. Posteriormente se adjuntará el justificante
correspondiente y en el caso de no tener la posibilidad de obtener un justificante, se
compensará la ausencia descontando la parte proporcional del salario o mediante la
compensación en tiempo cuando la Entidad Promotora estime.
PRODUCTOS. Todo lo producido durante el desarrollo del curso es propiedad del ente
promotor. No se pueden realizar trabajos de índole personal.
HERRAMIENTAS. Ni los materiales, ni las herramientas o maquinaria son propiedad de los/as
alumnos/as. Es una falta grave y motivo de exclusión, el mal uso, la apropiación sin permiso o
CVE:
BOP-2025-2054
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 28 de abril de 2025
N.º 0079
Pág. 9690