Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-2054)
BOP-2025-2054 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno Programa Escala "Piedra Caballera".
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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15. Por matrimonio o pareja de hecho debidamente inscrita en el Registro de parejas de hecho
de la comunidad autónoma de Extremadura o equivalente, quince días naturales y
consecutivos, pudiendo ser inmediatamente anteriores o posteriores, en todo o en parte, al día
que se celebre el matrimonio o se produzca la inscripción. El personal que disfrute de este
permiso de inscripción en un registro de uniones de hecho no podrá disfrutarlo de nuevo en
caso de contraer matrimonio posteriormente con la misma persona. Cuando el permiso se
disfrute después de la celebración del matrimonio o de la inscripción, si tal hecho acaece en día
no laborable, el cómputo se iniciará en el primer día posterior laborable a la celebración o
inscripción.
16. Por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y por razón de violencia
de género, los que se recogen en el artículo 49 del referido Estatuto Básico del/la Empleado/a
Público/a, en los términos y con la extensión que en él se contemplan.
17. Un día por matrimonio de parientes de 1º, 2.º, 3.º y 4.º grado de consanguinidad y afinidad,
que deberá disfrutarse en la fecha de celebración. Los permisos relacionados en este apartado
serán susceptibles de ampliación a dos días si el acontecimiento tuviera lugar a más de 300
Km. 18. Por enfermedad grave de parientes y afines en 1.º y 2.º grado de consanguinidad y
afinidad tendrá derecho el empleado público hasta un máximo de quince días cuando existan
circunstancias personales que deberán ser autorizadas por la Corporación. Las peticiones de
estos permisos se concederán siempre que sean cursadas con una antelación de, al menos
cinco días, excepto en los casos impredecibles, si existiese repuesta negativa habrá de ser
motivada y comunicada a los órganos de representación de personal. Siendo el plazo de
contestación de 3 días máximo. Los días 24 y 31 de diciembre tienen carácter de festivo no
recuperable.
NOTA: El Estatuto de los/as Trabajadores/as prevalecerá, en caso de existir alguna
discrepancia con el Reglamento de Régimen Interno y en aquellos aspectos que el reglamento
no recoja. El Reglamento de Régimen Interno podrá ser susceptible de modificación o
incorporación de nuevas normas que sean necesarias para mejorar la convivencia.
Acuerdo de Cobertura de Vacíos. El presente acuerdo de cobertura de vacíos procede de las
coberturas de vacíos de los Convenios Colectivos nacionales y autonómicos y se aplicará,
como complemento al Estatuto de los/as Trabajadores/as, a los/as alumnos/as trabajadores/as
de Escuelas de Aprendizaje Laborales y Programas Colaborativos Rurales, así como de
cualquier otro programa donde se suscite una relación contractual. Esta cobertura de vacíos
tipifica las faltas cometidas por los/as trabajadores/as y señala las sanciones correspondientes.
CVE:
BOP-2025-2054
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 28 de abril de 2025
N.º 0079
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de la comunidad autónoma de Extremadura o equivalente, quince días naturales y
consecutivos, pudiendo ser inmediatamente anteriores o posteriores, en todo o en parte, al día
que se celebre el matrimonio o se produzca la inscripción. El personal que disfrute de este
permiso de inscripción en un registro de uniones de hecho no podrá disfrutarlo de nuevo en
caso de contraer matrimonio posteriormente con la misma persona. Cuando el permiso se
disfrute después de la celebración del matrimonio o de la inscripción, si tal hecho acaece en día
no laborable, el cómputo se iniciará en el primer día posterior laborable a la celebración o
inscripción.
16. Por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y por razón de violencia
de género, los que se recogen en el artículo 49 del referido Estatuto Básico del/la Empleado/a
Público/a, en los términos y con la extensión que en él se contemplan.
17. Un día por matrimonio de parientes de 1º, 2.º, 3.º y 4.º grado de consanguinidad y afinidad,
que deberá disfrutarse en la fecha de celebración. Los permisos relacionados en este apartado
serán susceptibles de ampliación a dos días si el acontecimiento tuviera lugar a más de 300
Km. 18. Por enfermedad grave de parientes y afines en 1.º y 2.º grado de consanguinidad y
afinidad tendrá derecho el empleado público hasta un máximo de quince días cuando existan
circunstancias personales que deberán ser autorizadas por la Corporación. Las peticiones de
estos permisos se concederán siempre que sean cursadas con una antelación de, al menos
cinco días, excepto en los casos impredecibles, si existiese repuesta negativa habrá de ser
motivada y comunicada a los órganos de representación de personal. Siendo el plazo de
contestación de 3 días máximo. Los días 24 y 31 de diciembre tienen carácter de festivo no
recuperable.
NOTA: El Estatuto de los/as Trabajadores/as prevalecerá, en caso de existir alguna
discrepancia con el Reglamento de Régimen Interno y en aquellos aspectos que el reglamento
no recoja. El Reglamento de Régimen Interno podrá ser susceptible de modificación o
incorporación de nuevas normas que sean necesarias para mejorar la convivencia.
Acuerdo de Cobertura de Vacíos. El presente acuerdo de cobertura de vacíos procede de las
coberturas de vacíos de los Convenios Colectivos nacionales y autonómicos y se aplicará,
como complemento al Estatuto de los/as Trabajadores/as, a los/as alumnos/as trabajadores/as
de Escuelas de Aprendizaje Laborales y Programas Colaborativos Rurales, así como de
cualquier otro programa donde se suscite una relación contractual. Esta cobertura de vacíos
tipifica las faltas cometidas por los/as trabajadores/as y señala las sanciones correspondientes.
CVE:
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Verificable
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Lunes, 28 de abril de 2025
N.º 0079
Pág. 9702