Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejoncillo. (BOP-2025-2020)
BOP-2025-2020 Aprobación definit. modif. Ordenanza vados 2025.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Torrejoncillo
ANUNCIO. Aprobación definit. modif. Ordenanza vados 2025.
Acuerdo del Pleno de fecha 07/03/2025 de la Entidad deTorrejoncillo por el que se aprueba
definitivamente la modificación de la Ordenanza fiscal de la tasa por ENTRADAS DE
VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA
APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE
MERCANCÍAS DE CUALQUIER CLASE.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de esta entidad sobre
modificación de la tasa por ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS
RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE
VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER CLASE, así como la
Ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento
del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE
LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO,
PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER
CLASE
Artículo 1.- Fundamento y Hecho Imponible.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, en el artículo
106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de
conformidad con lo que recogen los artículos 15 a 19 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas
Locales, este Ayuntamiento acuerda establecer la TASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A
TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO
EXCLUSIVO, PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE
CUALQUIER CLASE, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal.
CVE:
BOP-2025-2020
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de abril de 2025
N.º 0078
Pág. 9502
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Torrejoncillo
ANUNCIO. Aprobación definit. modif. Ordenanza vados 2025.
Acuerdo del Pleno de fecha 07/03/2025 de la Entidad deTorrejoncillo por el que se aprueba
definitivamente la modificación de la Ordenanza fiscal de la tasa por ENTRADAS DE
VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA
APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE
MERCANCÍAS DE CUALQUIER CLASE.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de esta entidad sobre
modificación de la tasa por ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS
RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE
VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER CLASE, así como la
Ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento
del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE
LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO,
PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER
CLASE
Artículo 1.- Fundamento y Hecho Imponible.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, en el artículo
106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de
conformidad con lo que recogen los artículos 15 a 19 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas
Locales, este Ayuntamiento acuerda establecer la TASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A
TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO
EXCLUSIVO, PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE
CUALQUIER CLASE, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal.
CVE:
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Viernes, 25 de abril de 2025
N.º 0078
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