Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alagón del Río. (BOP-2025-1932)
BOP-2025-1932 Aprobación definitiva Ordenanza de vertidos a la red municipal de alcantarillado de Alagón del Río
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Alagón del Río
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza de vertidos a la red municipal de
alcantarillado de Alagón del Río
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza
de vertidos a la red municipal de alcantarillado de Alagón del Río, cuyo texto íntegro se hace
público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
ORDENANZA DE VERTIDOS A LA RED MUNICIPAL DE ALCANTARILLADO DE ALAGÓN
DEL RÍO
CAPÍTULO PRIMERO: OBJETO Y ÁMBITO DE LA ORDENANZA
Artículo 1
La presente ordenanza tiene por objeto regular las condiciones de los vertidos de aguas
residuales a las redes de alcantarillado municipales y colectores y/o emisarios intermunicipales
e instalaciones complementarias, fijando las prescripciones a que habrán de someterse en esta
materia, los usuarios actuales y futuros, de conformidad con las siguientes finalidades:
Proteger el medio receptor de las aguas residuales, eliminando cualquier efecto tóxico,
crónico o agudo, tanto para el hombre como para sus recursos naturales, y conseguir
los objetivos de calidad asignados a cada uno de estos medios.
Preservar la integridad y seguridad de las personas, así como las instalaciones del
sistema de alcantarillado.
Proteger los sistemas de depuración de aguas residuales, de la entrada de cargas
contaminantes superiores a la capacidad de tratamiento, que no sean tratables o que
tengan un efecto perjudicial para estos sistemas.
Favorecer la reutilización, en aplicación al terreno, de los fangos obtenidos en las
instalaciones de depuración de aguas residuales; y la reutilización también de las
aguas tratadas con fines de riego, esparcimiento público, limpieza viaria, etc.
CVE:
BOP-2025-1932
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de abril de 2025
N.º 0076
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