Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2023-1529)
BOP-2023-1529 EXTRACTO. Bases reguladoras y convocatoria que regirán las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias. Año 2023.
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motivó su concesión.
- Otra causa de reintegro será cualesquiera conductas fraudulentas u omisivas que dieran lugar
a la concesión indebida de la prestación.
- No justificar el destino dado a la ayuda total o parcialmente. En este último caso procederá la
devolución del importe no justificado adecuadamente.
- En caso de obtención concurrente de otras subvenciones o ayudas, se procederá al reintegro
del exceso obtenido sobre el coste de la actuación financiada.
- Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de Derecho Público,
siguiéndose para su cobranza el procedimiento previsto en la normativa de régimen local y
estatal que resulte de aplicación en este ámbito.
DECIMOCUARTA.- FINANCIACIÓN, CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA.
La financiación de las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias, se realizará
mediante la colaboración financiera de Junta de Extremadura, canalizada mediante los
Programas de Colaboración Económica Municipal previstos en la Ley 3/2019, de 22 de enero,
de garantía de la autonomía municipal de Extremadura y su normativa de desarrollo.
Con fecha 9 de febrero de 2022 se publicó la Resolución de 28 de enero de 2022, del
Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura del Acuerdo de 26 de enero de 2022, del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para
Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para contingencias para 2022, regulado en el Decreto
110/2021, de 17 de marzo, por el que se regulan las ayudas extraordinarias de apoyo social
para la contingencia.
Según el punto sexto de la referida Resolución “los remanentes de fondos no comprometidos
resultantes al finalizar el ejercicio correspondiente que se encuentren en poder de las entidades
locales, seguirán manteniendo el destino específico para el que fueron transferidos y se
utilizarán en el siguiente ejercicio, reduciéndose en el mismo importe la cuantía de la
transferencia a realizar en el ejercicio presupuestario en curso”.
El importe total de las ayudas será de un máximo de 54.783,73 € sobrante de 2022, que se
imputarán a la partida presupuestaria 23148002 del presupuesto de gastos de 2023 y será
actualizada mediante Resolución de Alcaldía.
CVE:
BOP-2023-1529
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de marzo de 2023
N.º 0051
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