Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2022-1681)
BOP-2022-1681 EXTRACTO. Bases Reguladora Ayudas extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias.
30 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 26 de enero
de 2022, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el
Programa de Colaboración Económica Municipal para Ayudas extraordinarias de Apoyo Social
para contingencias para 2022), que se imputarán a la partida presupuestaria 231/481.04
subordinada a la existencia de crédito para 2022.
XVI. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN.
El plazo de resolución y notificación será de 6 meses. El vencimiento del plazo máximo sin que
se haya dictado y notificado la resolución legitima a los/as interesados/as para entender
desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
XVII. DATOS PERSONALES.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales,
se tratarán y guardarán los datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe
para la tramitación y gestión del presente expediente administrativo y demás actuaciones
relacionadas.
Se reconoce el derecho a los/as interesados/as a acceder, rectificar y suprimir los datos
facilitados, así como cualesquiera otros derechos que les correspondan. Los/as interesados/as
tienen derecho a oponerse en cualquier momento, por motivos relacionados con su situación
particular, a que los datos personales que les conciernan sean objeto de un tratamiento de
datos.
La finalidad de los mismos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos y
actuaciones derivadas de éstos. Se prevé la posible cesión de datos a terceros, sin que haya
previsión de transferencias a terceros países.
XVIII. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
El hecho de participar en las ayudas conlleva la aceptación de estas Bases, motivo por el cual
no podrán impugnarlas una vez finalizada la presentación. Las dudas que puedan surgir en la
aplicación de estas Bases serán resueltas por la Alcaldía.
XIV. RECURSOS.
Contra la Resolución de aprobación de la presente convocatoria, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el órgano que
CVE:
BOP-2022-1681
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de abril de 2022
N.º 0072
Pág. 6222
de 2022, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el
Programa de Colaboración Económica Municipal para Ayudas extraordinarias de Apoyo Social
para contingencias para 2022), que se imputarán a la partida presupuestaria 231/481.04
subordinada a la existencia de crédito para 2022.
XVI. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN.
El plazo de resolución y notificación será de 6 meses. El vencimiento del plazo máximo sin que
se haya dictado y notificado la resolución legitima a los/as interesados/as para entender
desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
XVII. DATOS PERSONALES.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales,
se tratarán y guardarán los datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe
para la tramitación y gestión del presente expediente administrativo y demás actuaciones
relacionadas.
Se reconoce el derecho a los/as interesados/as a acceder, rectificar y suprimir los datos
facilitados, así como cualesquiera otros derechos que les correspondan. Los/as interesados/as
tienen derecho a oponerse en cualquier momento, por motivos relacionados con su situación
particular, a que los datos personales que les conciernan sean objeto de un tratamiento de
datos.
La finalidad de los mismos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos y
actuaciones derivadas de éstos. Se prevé la posible cesión de datos a terceros, sin que haya
previsión de transferencias a terceros países.
XVIII. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
El hecho de participar en las ayudas conlleva la aceptación de estas Bases, motivo por el cual
no podrán impugnarlas una vez finalizada la presentación. Las dudas que puedan surgir en la
aplicación de estas Bases serán resueltas por la Alcaldía.
XIV. RECURSOS.
Contra la Resolución de aprobación de la presente convocatoria, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el órgano que
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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