Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-285)
BOP-2022-285 EXTRACTO.Convocatoria de prestaciones económicas de emergencia social 2022.
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d) No tener reconocida o acceso a otras ayudas de Administraciones Públicas o recursos
propios que cubran las necesidades para las que se solicita la ayuda.
e) Pertenecer a una unidad familiar en la que se carezca de rentas o ingresos suficientes.
f) Que el/la beneficiario/a no posea propiedades, bienes muebles o inmuebles cuyas
características, valoración, posibilidad de venta o cualquier otra forma de explotación, indiquen
de manera notoria la existencia de medios materiales suficientes para atender, por sí mismo, la
necesidad para la que se demanda la prestación, con exclusión de la vivienda habitual.
g) Que exista una necesidad social puntual y urgente que no pueda ser acometida por medios
propios de la unidad familiar ni por otros recursos sociales o institucionales existentes en el
entorno y así se constate en los informe de los Servicios Sociales de Atención Básica.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y CONVOCATORIA.
El proocedimiento para la concesión de subvenciones es el de concesión directa mediante
convocatoria abierta, conforme establece el artículo 67 del Reglamento General de la Ley
General de Subvenciones y el artículo 3 de la Ordenanza específica reguladora de la concesión
de prestaciones económicas de emergencia social, atendiendo al interés social de la presente
ayuda, que implica la necesidad de garantizar un tratamiento igualitario entre los/as posibles
perceptores/as de la ayuda conforme se vayan presentando las solicitudes, en atención a las
circunstancias excepcionales que deben concurrir, a los/as posibles destinatarios/as y a la
naturaleza de la situación subvencionada.
Se concederán las prestaciones económicas conforme se vayan solicitando por los/as
interesados/as, en la cuantía individualizada que resulte de la aplicación de los requisitos y
criterios establecidos en la Base Novena, siempre que exista crédito presupuestario.
SOLICITUDES.
El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día establecido en la publicación del extracto
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres hasta el 10 de diciembre de
2022, o cuando se agote el crédito presupuestario.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo serán inadmitidas a trámite. La resolución de
inadmisión será notificada en los términos del Capítulo II del Título III de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General y sus Registros Auxiliares del
Ayuntamiento Cáceres, así como en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres:
CVE:
BOP-2022-285
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de enero de 2022
N.º 0015
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