Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2020-3681)
BOP-2020-3681 Convocatoria para la provisión de 2 plazas de Jefes/as de Guardia del SEPEI mediante el sistema de promoción interna.
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3.4. El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de
alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de
presentación de solicitudes.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el
proceso selectivo.
3.5). Adaptaciones de tiempo y medios.
Para los/las aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su
condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de
tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen
Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía
competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado
origen al grado de minusvalía reconocido.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática sino únicamente
cuando la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, por lo que
corresponderá al Tribunal Calificador resolver la procedencia y concreción de la adaptación de
tiempos y medios en función de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, o norma que la modifique o sustituya.
Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la adaptación
solicitada. Los órganos de selección darán traslado al/la interesado/a del contenido del informe
técnico y concretarán al/la aspirante interesado/a las condiciones en que se celebrará la prueba
para la que se solicitó la adaptación.
No obstante, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
competentes de los Servicios Sociales o Médicos de la Diputación Provincial de Cáceres o de
los órganos técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
CUARTA. Admisión de aspirantes.
4.1. Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en
sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda,
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de
estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes
CVE:
BOP-2020-3681
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de octubre de 2020
N.º 0190
Pág. 14114
alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de
presentación de solicitudes.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el
proceso selectivo.
3.5). Adaptaciones de tiempo y medios.
Para los/las aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su
condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de
tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen
Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía
competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado
origen al grado de minusvalía reconocido.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática sino únicamente
cuando la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, por lo que
corresponderá al Tribunal Calificador resolver la procedencia y concreción de la adaptación de
tiempos y medios en función de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, o norma que la modifique o sustituya.
Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la adaptación
solicitada. Los órganos de selección darán traslado al/la interesado/a del contenido del informe
técnico y concretarán al/la aspirante interesado/a las condiciones en que se celebrará la prueba
para la que se solicitó la adaptación.
No obstante, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
competentes de los Servicios Sociales o Médicos de la Diputación Provincial de Cáceres o de
los órganos técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
CUARTA. Admisión de aspirantes.
4.1. Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en
sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda,
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de
estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes
CVE:
BOP-2020-3681
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de octubre de 2020
N.º 0190
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