Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2020-3681)
BOP-2020-3681 Convocatoria para la provisión de 2 plazas de Jefes/as de Guardia del SEPEI mediante el sistema de promoción interna.
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En la Fase de concurso, el Tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o,
en su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria para la comprobación
de los méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a aquellos/as que falseen o
modifiquen dicha documentación aportada. Todo ello sin menoscabo del cumplimiento de la
obligación de presentar la documentación acreditativa de los méritos dentro del plazo de
presentación de solicitudes.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a
los mismos será la de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso
se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente en plazo.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del/la interesado/a.
3.3. Tasa por derechos de examen:
Se acompañará a la instancia el resguardo que justifique haber satisfecho en la Diputación
Provincial de Cáceres en la entidad LIBERBANK (IBAN ES70 2048 1298 3634 0000 2575), la
cantidad de 15 € en concepto de derechos de examen (BOP n.º 194, de 8-10-2014, donde
deberá indicarse en el ingreso a qué convocatoria corresponde), cantidad que únicamente será
devuelta, previa entrega del correspondiente impreso de “Alta de Terceros”, debidamente
cumplimentado, si no resulta admitido a examen por falta de los requisitos exigidos para tomar
parte en la convocatoria.
3.3.a) Exención de la tasa:
Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para el
disfrute de la exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con
discapacidad, mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente del
Ministerio de Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
3.3. b) Bonificación de la tasa:
Gozarán de una bonificación del 75 por 100 los aspirantes que figuren como desempleados/as
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha del anuncio de las convocatorias en el
B.O.E, para lo cual deberán presentar tarjeta de demanda de empleo u otro documento de los
servicios públicos de empleo debidamente sellada/o y firmada/o o bien informe de período
ininterrumpido inscrito en situación de desempleo por el que acrediten tal condición.
CVE:
BOP-2020-3681
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de octubre de 2020
N.º 0190
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