Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vegaviana. (BOP-2020-3677)
BOP-2020-3677 Aprobación Definitiva de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Discapacidad por Movilidad Reducida y Derogación de la anterior Ordenanza.
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Las tarjetas de estacionamiento provisionales concedidas a personas con movilidad o agudeza
visual reducida de carácter transitorio tendrán un plazo de vigencia supeditado a lo establecido
en el dictamen emitido por CADEX o el correspondiente órgano de la Consejería con
competencias en materia de acción social, sin que su periodo de validez pueda exceder, en
ningún caso, de cinco años.
Las tarjetas de tarjetas de estacionamiento con carácter provisional atendiendo a razones
humanitarias tendrán una duración máxima de un año, pudiendo prorrogarse por un periodo
igual, siempre que se mantengan las condiciones iniciales requeridas para su otorgamiento.
ARTÍCULO 9. Renovación.
La/el titular de la tarjeta deberá presentar la solicitud de renovación de la misma en los tres
meses previos a su fecha de caducidad. La solicitud de renovación irá acompañada de la
documentación indicada en el artículo 7 para la primera solicitud de la tarjeta. Sin embargo, en
los supuestos en los que tenga carácter definitivo el certificado emitido por el CADEX de
movilidad reducida, o el certificado de que muestre en el mejor ojo una agudeza visual igual o
inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos, no será preciso
aportar un nuevo certificado, excepto en aquellos supuestos en los que el Ayuntamiento, de
forma motivada y expresa lo estime necesario.
El Excmo. Ayuntamiento de Vegaviana comprobará que la/el titular mantiene los requisitos
exigidos para el otorgamiento de la tarjeta.
Durante el procedimiento de renovación de la tarjeta se prorrogará la validez de la tarjeta de
estacionamiento siempre que se haya presentado la solicitud dentro del plazo de validez de la
tarjeta. El Ayuntamiento emitirá un documento que certifique que la tarjeta se encuentra en
proceso de renovación, que deberá ser colocado en el interior del vehículo junto a la tarjeta de
estacionamiento caducada.
ARTÍCULO 10. Modificación de Datos y Duplicados de la Tarjeta.
La/el titular de la tarjeta de estacionamiento debe comunicar al Excmo. Ayuntamiento de
Vegaviana cualquier variación de los datos facilitados para la obtención de la tarjeta en un
plazo no superior a quince días desde que suceda el hecho.
En los casos de extravío, robo, deterioro o cualquier otra circunstancia que produzca la pérdida
de la tarjeta de estacionamiento la/el titular de la misma podrá solicitar un duplicado por
extravío junto con una declaración expresa de la circunstancia acaecida. Asimismo, a la
solicitud se deberá adjuntar copia de la denuncia presentada ante la autoridad competente.
CVE:
BOP-2020-3677
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de octubre de 2020
N.º 0189
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