Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2020-3643)
BOP-2020-3643 Bases convocatoria de pruebas selectivas, para la cobertura del puesto de trabajo de Director/a de la Oficina de Desarrollo Urbano y Ciudad Histórica, reservado a personal directivo, del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
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funciones a realizar y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y
la concurrencia.
Son funciones inherentes a la Dirección de la Oficina de Desarrollo Urbano y Ciudad Histórica
del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres las que a continuación se relacionan:
1. Impulso, coordinación y control de los servicios adscritos a la Oficina de Desarrollo Urbano y
Ciudad Histórica, de acuerdo con las directrices que emanen de la Alcaldía o de la Concejalía
Delegada del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Cáceres.
2. Planificación conjunta de la actividad de la Oficina como marco para la definición de los
programas operativos de las dependencias que la integran y coordinación de la ejecución de
los mismos, con seguimiento y evaluación continua de sus resultados.
3. Gestión integradora y dinamizadora de los recursos de la Oficina de Desarrollo Urbano, tanto
personales, como materiales y tecnológicos.
4. Realización de propuestas en materia de mejora de los servicios y de estructuras orgánicas,
racionalización de procesos y cambios en la modalidad de gestión de los servicios.
Optimización de los procedimientos de gestión urbanística, atención a la ciudadanía y
administración electrónica.
5. Organización del apoyo técnico a la Oficina de Gestión Urbana. Le corresponderá la
elaboración de protocolos de trabajo, programas de gestión urbanística y la revisión y
actualización de las ordenanzas para la adaptación a la ley LOTUS. Asimismo, y sin perjuicio
de las competencias en materia de control del gasto que ostenta la Alcaldía de la Corporación
o, en su caso, el Concejal en quien delegue, le corresponderá la elaboración, el seguimiento y
el control del presupuesto anual que se le asigne. Asistirá igualmente a la Comisión Informativa
correspondiente como asesor/a de la misma.
6. Actuar como órgano de comunicación y colaboración entre las autoridades políticas y el
personal municipal adscrito al Área.
Las presentes bases tienen en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y
hombres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el I Plan para la
Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres 2015-2017 del Ayuntamiento de Cáceres,
aprobado por el Pleno en sesión celebrada el día 15 de octubre de 2015.
CVE:
BOP-2020-3643
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de septiembre de 2020
N.º 0188
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la concurrencia.
Son funciones inherentes a la Dirección de la Oficina de Desarrollo Urbano y Ciudad Histórica
del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres las que a continuación se relacionan:
1. Impulso, coordinación y control de los servicios adscritos a la Oficina de Desarrollo Urbano y
Ciudad Histórica, de acuerdo con las directrices que emanen de la Alcaldía o de la Concejalía
Delegada del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Cáceres.
2. Planificación conjunta de la actividad de la Oficina como marco para la definición de los
programas operativos de las dependencias que la integran y coordinación de la ejecución de
los mismos, con seguimiento y evaluación continua de sus resultados.
3. Gestión integradora y dinamizadora de los recursos de la Oficina de Desarrollo Urbano, tanto
personales, como materiales y tecnológicos.
4. Realización de propuestas en materia de mejora de los servicios y de estructuras orgánicas,
racionalización de procesos y cambios en la modalidad de gestión de los servicios.
Optimización de los procedimientos de gestión urbanística, atención a la ciudadanía y
administración electrónica.
5. Organización del apoyo técnico a la Oficina de Gestión Urbana. Le corresponderá la
elaboración de protocolos de trabajo, programas de gestión urbanística y la revisión y
actualización de las ordenanzas para la adaptación a la ley LOTUS. Asimismo, y sin perjuicio
de las competencias en materia de control del gasto que ostenta la Alcaldía de la Corporación
o, en su caso, el Concejal en quien delegue, le corresponderá la elaboración, el seguimiento y
el control del presupuesto anual que se le asigne. Asistirá igualmente a la Comisión Informativa
correspondiente como asesor/a de la misma.
6. Actuar como órgano de comunicación y colaboración entre las autoridades políticas y el
personal municipal adscrito al Área.
Las presentes bases tienen en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y
hombres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el I Plan para la
Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres 2015-2017 del Ayuntamiento de Cáceres,
aprobado por el Pleno en sesión celebrada el día 15 de octubre de 2015.
CVE:
BOP-2020-3643
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de septiembre de 2020
N.º 0188
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