Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Sierra de Gata. (BOP-2020-2217)
BOP-2020-2217 Bases convocatoria contratación laboral para la categoría profesional de Asesor/a Jurídico/a de la Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Así, en caso de que la persona seleccionada cause baja por cualquier motivo, la
Mancomunidad podrá contratar, a los/as aspirantes que sucesivamente, hayan obtenido las
mejores puntuaciones en el proceso selectivo.
En tal caso, la Presidencia, ofertará la contratación por riguroso orden de puntuación de la
relación de candidatos/as.
En el caso de que no se localizase a algún candidato/a, o en el supuesto de que, habiendo sido
citado/a de forma adecuada, no se presentase en el día y lugar indicados, se ofertará la
contratación a la persona que ocupe el siguiente puesto en la relación, y así sucesivamente,
hasta la cobertura de la plaza autorizada.
La renuncia al puesto de trabajo ofertado supondrá la exclusión del/la aspirante de la lista de
espera, salvo que concurra en el/la aspirante alguna de las siguientes circunstancias:
Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
Enfermedad.
Estar ocupando otro puesto de trabajo
La lista de espera de la bolsa de trabajo estará en vigor hasta que se realice una nueva
convocatoria de pruebas selectivas y en todo caso con un máximo de tres años a partir de la
fecha de su constitución.
El periodo de prueba inicial de los contratos que se puedan suscribir será de dos meses
12. NOMBRAMIENTO/FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El/la aspirante propuesto/a, deberá firmar el correspondiente contrato de trabajo a
requerimiento de la Presidencia de la Mancomunidad. Se entenderá que renuncia si no firmara
el contrato en el plazo señalado sin causa justificada.
Será causa de resolución del contrato, no superar el período de prueba establecido en las
presentes bases. (2 meses)
13. CUMPLIMIENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER
PERSONAL
El presente proceso selectivo está regido por el principio de publicidad por lo que la
participación en el mismo supone la aceptación por parte de las personas aspirantes del
tratamiento de sus datos de carácter personal que nos faciliten en su solicitud, para las
publicaciones en boletines oficiales, tablones de anuncios, página web y otros medios de
CVE:
BOP-2020-2217
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
Pág. 8052
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Así, en caso de que la persona seleccionada cause baja por cualquier motivo, la
Mancomunidad podrá contratar, a los/as aspirantes que sucesivamente, hayan obtenido las
mejores puntuaciones en el proceso selectivo.
En tal caso, la Presidencia, ofertará la contratación por riguroso orden de puntuación de la
relación de candidatos/as.
En el caso de que no se localizase a algún candidato/a, o en el supuesto de que, habiendo sido
citado/a de forma adecuada, no se presentase en el día y lugar indicados, se ofertará la
contratación a la persona que ocupe el siguiente puesto en la relación, y así sucesivamente,
hasta la cobertura de la plaza autorizada.
La renuncia al puesto de trabajo ofertado supondrá la exclusión del/la aspirante de la lista de
espera, salvo que concurra en el/la aspirante alguna de las siguientes circunstancias:
Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
Enfermedad.
Estar ocupando otro puesto de trabajo
La lista de espera de la bolsa de trabajo estará en vigor hasta que se realice una nueva
convocatoria de pruebas selectivas y en todo caso con un máximo de tres años a partir de la
fecha de su constitución.
El periodo de prueba inicial de los contratos que se puedan suscribir será de dos meses
12. NOMBRAMIENTO/FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El/la aspirante propuesto/a, deberá firmar el correspondiente contrato de trabajo a
requerimiento de la Presidencia de la Mancomunidad. Se entenderá que renuncia si no firmara
el contrato en el plazo señalado sin causa justificada.
Será causa de resolución del contrato, no superar el período de prueba establecido en las
presentes bases. (2 meses)
13. CUMPLIMIENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER
PERSONAL
El presente proceso selectivo está regido por el principio de publicidad por lo que la
participación en el mismo supone la aceptación por parte de las personas aspirantes del
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Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
Pág. 8052