Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2020-2195)
BOP-2020-2195 Bases Provisión, como personal funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Oficial de Policía Local (Promoción interna).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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5.3. Los miembros del Tribunal Calificador están sujetos a los supuestos de abstención y
recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, no pudiendo ser nombrados miembros, colaboradores o asesores
del Tribunal quienes hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas para acceso a la función pública en los últimos cinco años.
5.4. Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del
Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes lo suplan, y la mitad, al menos, de sus
miembros.
5.5. El Tribunal Calificador resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas
las dudas y propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases
y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de
los procesos selectivos, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el
debido orden en el mismo en todo lo no previsto en las bases. Sus acuerdos serán
impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la normativa vigente, citada. Todos
los acuerdos del Tribunal se insertarán en la página web del Excmo. Ayuntamiento de
Navalmoral de la mata.
5.6. El Tribunal Calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en
aquellas pruebas que demanden oír la opinión de técnicos especialistas. Dichos/as
asesores/as se limitarán a la colaboración que, en función de sus especialidades técnicas, les
solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.
5.7. A iniciativa de cada Central Sindical podrán estar presentes en los tribunales durante la
totalidad del proceso selectivo, a excepción de aquellos actos o fases en los que se delibere,
decida y materialice el contenido de las pruebas antes de su realización, en calidad de
observadores, un representante de cada una de las Centrales u Organizaciones Sindicales con
representatividad en el ámbito de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Igualmente podrán estar presentes, en calidad de observadores, un representante de cada una
de las Centrales Sindicales con representatividad en la Mesa de Funcionarios del Ayuntamiento
de Navalmoral de la Mata, no contempladas en el primer párrafo del presente apartado.
Sexta. Procedimiento de selección: El lugar, día y hora de realización del primer ejercicio de las
pruebas selectivas se hará público mediante anuncio del Tribunal Calificador en el tablón de
anuncios y página web municipal, con la debida antelación. Este mismo procedimiento se
seguirá para hacer público el lugar, día y hora de los restantes ejercicios de las pruebas
selectivas.
CVE:
BOP-2020-2195
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
Pág. 7953
recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, no pudiendo ser nombrados miembros, colaboradores o asesores
del Tribunal quienes hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas para acceso a la función pública en los últimos cinco años.
5.4. Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del
Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes lo suplan, y la mitad, al menos, de sus
miembros.
5.5. El Tribunal Calificador resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas
las dudas y propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases
y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de
los procesos selectivos, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el
debido orden en el mismo en todo lo no previsto en las bases. Sus acuerdos serán
impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la normativa vigente, citada. Todos
los acuerdos del Tribunal se insertarán en la página web del Excmo. Ayuntamiento de
Navalmoral de la mata.
5.6. El Tribunal Calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en
aquellas pruebas que demanden oír la opinión de técnicos especialistas. Dichos/as
asesores/as se limitarán a la colaboración que, en función de sus especialidades técnicas, les
solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.
5.7. A iniciativa de cada Central Sindical podrán estar presentes en los tribunales durante la
totalidad del proceso selectivo, a excepción de aquellos actos o fases en los que se delibere,
decida y materialice el contenido de las pruebas antes de su realización, en calidad de
observadores, un representante de cada una de las Centrales u Organizaciones Sindicales con
representatividad en el ámbito de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Igualmente podrán estar presentes, en calidad de observadores, un representante de cada una
de las Centrales Sindicales con representatividad en la Mesa de Funcionarios del Ayuntamiento
de Navalmoral de la Mata, no contempladas en el primer párrafo del presente apartado.
Sexta. Procedimiento de selección: El lugar, día y hora de realización del primer ejercicio de las
pruebas selectivas se hará público mediante anuncio del Tribunal Calificador en el tablón de
anuncios y página web municipal, con la debida antelación. Este mismo procedimiento se
seguirá para hacer público el lugar, día y hora de los restantes ejercicios de las pruebas
selectivas.
CVE:
BOP-2020-2195
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
Pág. 7953