Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2020-2195)
BOP-2020-2195 Bases Provisión, como personal funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Oficial de Policía Local (Promoción interna).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Estado para el año 2018 (BOE número 161, de 4 de julio), por lo que la incorporación del
aspirante que haya superado el proceso selectivo, a la plantilla de personal funcionario del
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata como Oficial de la Policía Local, se hará en el
momento en que efectivamente se encuentre vacante, como consecuencia de la previsión de
jubilación de un Oficial de Policía Local de la referida plantilla, al haberse acogido a la
modalidad de jubilación anticipada, regulada en el R.D. 1449/2018, de 14 de diciembre.
1.3. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley
30/1984, de 2 de agosto; R.D.L. 5/2015, de 30 de octubre; R.D.L.781/1986, de 17 de abril; R.D.
896/1991, de 7 de junio; Decreto 43/1996, de 26 de marzo; decreto 201/1995, de 26 de
diciembre, Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de las Policías Locales de
Extremadura, y Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco
de los Policías Locales de Extremadura; Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura; las bases de la presente convocatoria y, supletoriamente, el R.D. 364/1995, de
10 de marzo.
1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición por
promoción interna.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes:
2.1. Los aspirantes deberán reunir todas y cada una de las siguientes condiciones:
a. Tener la nacionalidad española.
b. No haber alcanzado la edad de jubilación.
c. Pertenecer al Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
d. Tener un mínimo de dos años de antigüedad de servicio activo como funcionario de
carrera en la categoría inmediatamente inferior a la de la plaza a la que se aspira, esto
es, escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía
Local, escala Básica, categoría de Agente.
e. Faltar más de cinco años para pasar a la situación de segunda actividad por razón de
la edad.
f. Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente, o haber finalizado los estudios y
abonado los derechos correspondientes para su obtención. En el caso de aportar un
título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el
CVE:
BOP-2020-2195
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
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aspirante que haya superado el proceso selectivo, a la plantilla de personal funcionario del
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata como Oficial de la Policía Local, se hará en el
momento en que efectivamente se encuentre vacante, como consecuencia de la previsión de
jubilación de un Oficial de Policía Local de la referida plantilla, al haberse acogido a la
modalidad de jubilación anticipada, regulada en el R.D. 1449/2018, de 14 de diciembre.
1.3. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley
30/1984, de 2 de agosto; R.D.L. 5/2015, de 30 de octubre; R.D.L.781/1986, de 17 de abril; R.D.
896/1991, de 7 de junio; Decreto 43/1996, de 26 de marzo; decreto 201/1995, de 26 de
diciembre, Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de las Policías Locales de
Extremadura, y Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco
de los Policías Locales de Extremadura; Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura; las bases de la presente convocatoria y, supletoriamente, el R.D. 364/1995, de
10 de marzo.
1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición por
promoción interna.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes:
2.1. Los aspirantes deberán reunir todas y cada una de las siguientes condiciones:
a. Tener la nacionalidad española.
b. No haber alcanzado la edad de jubilación.
c. Pertenecer al Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
d. Tener un mínimo de dos años de antigüedad de servicio activo como funcionario de
carrera en la categoría inmediatamente inferior a la de la plaza a la que se aspira, esto
es, escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía
Local, escala Básica, categoría de Agente.
e. Faltar más de cinco años para pasar a la situación de segunda actividad por razón de
la edad.
f. Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente, o haber finalizado los estudios y
abonado los derechos correspondientes para su obtención. En el caso de aportar un
título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el
CVE:
BOP-2020-2195
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
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