Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2020-2177)
BOP-2020-2177 Revocación Avocación Competencias de Junta de Gobierno Local del Excmo.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz
EDICTO. Revocación Avocación Competencias de Junta de Gobierno Local del
Excmo.
El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, ha adoptado el siguiente
decreto relativo a la revocación de la avocación de competencias de la Junta de Gobierno
Local, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
“Como consecuencia del REAL DECRETO 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaraba
el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-
19, y del DECRETO-LEY 3/2020, de 25 de marzo, por el que se aprobaron medidas urgentes y
extraordinarias en el ámbito administrativo para responder al impacto de la crisis ocasionada
por el COVID-19, publicado en el DOE nº 65, del 2 de abril , esta ALCALDÍA decretó la
suspensión temporal de la delegación de competencias de la Alcaldía en la Junta de Gobierno
Local, efectuada mediante Decreto de fecha 1 de julio de 2019 y publicada en el B.O.P. Nº 140
de 24 de julio de 2019 y se avocó el conocimiento de los asuntos cuya resolución correspondía,
por delegación, a la Junta de Gobierno Local.
En este momento de la evolución de la pandemia y dado el avance de nuestro municipio y
terminado el estado de Alarma aprobado por el Gobierno,
DECRETO:
PRIMERO: Dejar sin efecto la avocación de las competencias delegadas por este Alcalde en la
Junta de Gobierno Local realizada mediante Decreto de Alcaldía n.º, de fecha 31 de marzo de
2020, de forma que vuelve a estar vigente en todos sus términos, desde el día siguiente a la
firma del presente Decreto, la delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local
realizada mediante Decreto de Alcaldía , de fecha 1 de julio de 2019.
SEGUNDO: Notificar el presente Decreto a los/as miembros de la Junta de Gobierno Local y al
Servicio de Tesorería e Intervención del Ayuntamiento.
TERCERO: Publicar un anuncio del presente Decreto en el Tablón de Anuncios de la Sede.
Electrónica del Ayuntamiento y en el B.O.P.
CVE:
BOP-2020-2177
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de junio de 2020
N.º 0123
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