Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. (03264/2025)
Aprobación definitiva de la supresión de la tasa por la prestación del servicio de matadero, lonjas y mercado, y el establecimiento de la tasa por la prestación del servicio de mercado de abastos
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 3264/2025

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Villanueva de la Serena (Badajoz)
Anuncio 3264/2025
Aprobación definitiva de la supresión de la tasa por la prestación del servicio de matadero, lonjas y mercado, y el
establecimiento de la tasa por la prestación del servicio de mercado de abastos

De conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria
celebrada el día 23 de julio de 2025, ha aprobado definitivamente la supresión de la tasa por la prestación del servicio de
matadero, lonjas y mercado, y la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de dicho tributo; y el establecimiento de la
tasa por la prestación del servicio de Mercado de Abastos y la correspondiente Ordenanza fiscal reguladora de dicho tributo.
A fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 17.4 de la norma citada anteriormente, se procede a la publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia del acuerdo definitivo y el texto íntegro de la Ordenanza aprobada, que a continuación se
trascribe, sin que entre en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MERCADO DE ABASTOS
Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, y por el artículo 106 de la Ley 7/85, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas
Locales, el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena establece una tasa por la prestación del servicio de mercado de abastos,
a que se refiere el artículo 20.4.u) del propio Real Decreto Legislativo, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas
normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado Real Decreto Legislativo.
Artículo 2. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio de mercado de abastos, la ocupación y utilización de
instalaciones y locales municipales ubicados en el Mercado de Abastos, la utilización de sus cámaras frigoríficas, así como la
utilización privativa de otros espacios de dominio público en aquellos.
Artículo 3. Sujetos pasivos.
1. Son sujetos pasivos, en concepto de contribuyentes, las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se
refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que resulten beneficiadas por los servicios
prestados.
2. Se entenderán como beneficiarios los concesionarios para ocupar las instalaciones y locales municipales ubicados en el
Mercado de Abastos municipal, así como cualquier persona, física o jurídica, a favor de los que se autorice la utilización
privativa de cualquier espacio de dominio público en aquél.
Artículo 4. Responsables.
Responderán solidaria o subsidiariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físicas o jurídicas a
que se refieren los artículos 41 a 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Artículo 5. Base imponible.
La base imponible se establecerá en función de la superficie ocupada por cada actividad.
Artículo 6. Cuota tributaria.
La cuota tributaria consistirá en aplicar a la base imponible las siguientes tarifas:

Situación

Tarifa

Planta baja

11,88 euros/m²/mes

Planta primera*

8,91 euros/m²/mes

Planta segunda

11,88 euros/m²/mes
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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