Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03206/2025)
Bases de la convocatoria para la selección en régimen de interinidad, por oposición libre, para cubrir una plaza de Arquitecto/a
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Ayuntamiento de Guareña

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Decreto 707/1979, de 5 de abril. Quien sin causa justificada no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los
derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.
Novena.- Igualdad de género.
Todas las denominaciones contenidas en estas bases y publicaciones posteriores, así como cualesquiera otras menciones
que en las mismas se expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género
masculino y femenino, según el sexo de la persona que se tenga por interesada o destinataria a la que se haga referencia.
Décima.- Protección de datos de carácter personal.
De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y
garantía de los derechos digitales, el tratamiento de los datos de carácter personal es necesario en el cumplimiento de una
misión realizada en interés público.
1.º.- Información sobre protección de datos.
a) Responsable: Excmo. Ayuntamiento de Guareña.
b) Finalidad del tratamiento: Gestionar y tramitar la participación en la convocatoria de las
pruebas selectivas, de conformidad con las normas de aplicación, con el fin de analizar la
idoneidad de los candidatos. No se emplearán los datos para decisiones automatizadas.
c) Legitimación: (Artículo 6.1 e) RGPD misión realizada en interés público. Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública
de Extremadura. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
d) Personas destinatarias de cesiones o transferencias: Podrán realizarse las cesiones de sus
datos a otras administraciones públicas relacionadas con su solicitud y las previstas por la ley.
2.º.- Derechos de las personas interesadas:
Tiene derecho al ejercicio de los derechos de Información, acceso, rectificación, supresión, limitación,
portabilidad y oposición.
Puede ejercer sus derechos a través del registro de entrada de este Ayuntamiento.
Se le informa, además, de su derecho a reclamar ante la autoridad de control (Agencia Española de Protección
de Datos: www.aepd.es) cualquier hecho que considere una violación de sus derechos en relación a sus datos
personales.
La publicidad de los diferentes listados, que se deriven del procedimiento y que sean objeto de exposición
pública, contendrá los datos personales mínimos necesarios para cumplir el principio de publicidad y se
mantendrán hasta la finalización del presente proceso selectivo y durante el tiempo adicional necesario para
el ejercicio de las reclamaciones o recursos.
Tan solo se publicarán los datos necesarios para que la persona interesada conozca el resultado de su
solicitud, de conformidad con la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018. Los mencionados
listados incorporarán una cláusula advirtiendo que contienen datos de carácter personal, que se ajustan a la
legislación actual en materia de protección de datos y que su única finalidad es la de dar publicidad a la
correspondiente fase del procedimiento de selección de que se trate y de notificación, en su caso, a quienes
participan.
Decimoprimera.- Base final.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal se podrán
interponer impugnaciones por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios o medidas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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