Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03207/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento interno de las instalaciones deportivas
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Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra

Anuncio 3207/2025

- Utilizar y disfrutar de las instalaciones deportivas municipales conforme al calendario, horario y demás
normas y condiciones de uso establecidas y a las tarifas vigentes de todos los servicios que preste el
Ayuntamiento.
- Hacer uso de las instalaciones deportivas que alquilaron o reservaron, o de las actividades en que fueron
inscritos, en los horarios y períodos reservados, siempre y cuando no se estén desarrollando actividades
programadas que lo impidan, no se celebren acontecimientos deportivos autorizados por el Ayuntamiento o
sea imposible por inclemencias meteorológicas, avería no subsanable u otras circunstancias sobrevenidas.
Queda excluido el libre acceso a aquellos acontecimientos deportivos en que se exija el pago de una entrada.
- Ser tratadas con respeto y deferencia por el personal que presta sus servicios en la instalación deportiva.
- Formular al Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra cuantas peticiones, sugerencias o quejas consideren
oportunas sobre el funcionamiento de la instalación por los medios y cauces reglamentarios.
- Colaborar en el buen mantenimiento de la instalación por medio de la comunicación con el personal
responsable de los defectos observados.
- Solicitar la identificación de cualquiera de las personas empleadas o responsables de las instalaciones
deportivas, a los efectos de realizar las reclamaciones correspondientes.
- Derecho de imagen de los usuarios: Con objeto de guardar y respetar la intimidad de las personas usuarias,
queda terminantemente prohibido la utilización de cámaras fotográficas o de vídeo, incluidos los teléfonos
móviles, PDA u otros dispositivos que incorporen dicha función en todas las estancias en las que pueda
invadir la intimidad de las personas.
Queda terminantemente prohibida la captación de imágenes en vestuarios, baños, saunas, y estancias similares. En espacios
comunes se podrán tomar imágenes de carácter privado, salvo que se indique lo contrario por las personas objeto de las
mismas.
Artículo 21. Derechos del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra será titular de los siguientes derechos:
- Podrá apercibir a las personas que no hagan buen uso de las instalaciones deportivas municipales,
invitándolas a abandonar las mismas si no acceden a modificar su conducta.
- Suspender las actividades diarias ante cualquier situación que impida el normal desarrollo de las mismas, y
siempre que le sea posible, la reubicación de las mismas en otros horarios e instalaciones. Esta circunstancia
será comunicada con la suficiente antelación a los usuarios y abonados.
- Suspender cualquier reserva de uso o cesión de instalaciones siempre que el Ayuntamiento necesite
utilizarlas por una causa lo suficientemente justificada.
- Evaluar y resolver los comportamientos inadecuados de los usuarios y abonados, aplicando, en su caso, el
régimen sancionador establecido en el presente Reglamento.
Artículo 22. Obligaciones de los usuarios.
El acceso a las instalaciones deportivas municipales supone la aceptación de la totalidad de las normas comprendidas en
este Reglamento y de otras aplicables al efecto.
- Toda persona interesada en la utilización de las instalaciones deportivas municipales está obligada a solicitar
autorización de uso según el procedimiento fijado y abonar el precio público o tarifa correspondiente dentro
de los plazos y forma establecida.
- Con las excepciones que en cada caso puedan determinarse, la cesión de uso de las instalaciones deportivas
municipales no incluye el suministro y utilización de material deportivo, por lo que éste deberá ser aportado
por las propias personas usuarias y ajustarse en todas sus características a las condiciones reglamentarias
establecidas.
- No está permitida la utilización de las máquinas más de 20 minutos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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