Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03207/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento interno de las instalaciones deportivas
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Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra

Anuncio 3207/2025

previamente y que figure en el horario de la instalación.
l. Cuando por parte de un colectivo sea necesario un tiempo superior al indicado en los horarios deberá
solicitarlo a la Concejalía de Deportes que, en su caso, lo concederá si existiese disponibilidad, comunicándolo
al personal de la instalación.
m. La Concejalía de Deportes no se responsabiliza de la pérdida o robo de objetos personales, así como los de
valor o dinero de los usuarios, que puedan echarse en falta en las taquillas, vestuarios, gradas y otras
dependencias de sus instalaciones deportivas municipales.
n. Para el uso de cualquier instalación deportiva municipal el usuario deberá abonar la tasa correspondiente.
ñ. El personal de la instalación queda facultado para solicitar la identificación del usuario.
o. Cuando un grupo necesite utilizar material deportivo de carácter municipal deberá solicitarlo al empleado a
su entrada a la instalación con una antelación de 15 minutos. Una vez terminada la actividad, los usuarios
deberán recoger y ordenar todo el material utilizado. En caso de deterioro o rotura del material se
comunicará al empleado de la instalación, el cual tomará nota de los datos de la persona que le hace entrega
del material o que ha notado alguna deficiencia en la instalación. La Concejalía de Deportes averiguará si el
uso del material o de la instalación ha sido normal o incorrecto, en cuyo caso se deberá abonar por parte de
la persona o entidad responsable el importe de éste, según los precios del mercado actual.
p. No se permite realizar en los vestuarios y duchas actividades de higiene personal, tales como afeitarse o
depilarse.
q. No se puede lavar o limpiar ropa, botas, zapatillas, etc., en las duchas o lavabos ni golpear el calzado en
paredes o suelos con cualquier tipo de calzado.
r. Se aconseja no ir descalzo en la zona de vestuarios, recomendando el uso de chanclas de baño en la zona
de duchas.
s. Los acompañantes no podrán pasar en ningún momento dentro del vestuario, a excepción de los que
vayan acompañando a menores de edad de 8 años. Durante la clase o la actividad deportiva esperarán en la
zona habilitada para tal fin y, una vez terminada la actividad, todos los usuarios abandonarán la instalación en
un tiempo razonable, no superior a 20 minutos.
t. El Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra no se hace responsable de los daños, lesiones o accidentes que
puedan ocurrir a los usuarios por la práctica deportiva.
v. No se permitirá la permanencia en las instalaciones deportivas municipales a aquellas personas cuyo
comportamiento, actitud o falta de respeto afecten al normal desarrollo de las actividades.
Título cuarto. De los usuarios y la Administración: Derechos y deberes
Artículo 19. Concepto de usuario.
A efectos del presente Reglamento se entiende por usuarios de las instalaciones deportivas municipales a aquellas personas
o entidades que utilizan éstas, bien participando del alquiler o cesión de dichos espacios deportivos.
Se considerarán usuarios, susceptibles de aplicarles el presente Reglamento, los siguientes:
- Las personas abonadas.
- Las personas que acceden a las instalaciones mediante el pago de la entrada diaria y/o disfrutan de ellas
mediante el alquiler correspondiente de las mismas.
- Los integrantes de los equipos que juegan en competición con equipos locales (jugadores, entrenadores,
delegados, fisioterapeutas, etc.), así como los cuadros arbitrales y jueces).
- Espectadores de eventos deportivos que accedan a las instalaciones por los medios que se establezcan en
cada caso. Los acompañantes y espectadores tendrán la consideración de usuarios/as pasivos, aplicándose
estas normas hasta donde pueda llegar su responsabilidad durante su estancia en la instalación.
Artículo 20. Derechos de los usuarios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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