Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social (Mérida). (03143/2025)
Bases de convocatoria para la provisión de sesenta y ocho plazas de Agente de Policía Local, mediante sistema de oposición libre
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social

Anuncio 3143/2025

de las pruebas que se detallan en el anexo II de estas bases. Las personas aspirantes deberán ir provistas y
entregar antes del inicio de las pruebas físicas, un certificado médico extendido en modelo oficial, expedido
con una antigüedad no superior a tres meses respecto de la fecha de la celebración de las pruebas físicas, que
acredite su aptitud física y sanitaria para la realización de las mismas, tal y como se ha hecho constar en la
base segunda, punto 1, apartado f), relativa a los requisitos de las personas aspirantes.
La no presentación de dicho certificado o la presentación de uno que no reúna los requisitos expresados,
supondrá la imposibilidad de realización de la prueba, quedando desde ese momento, excluida del proceso
selectivo.
Las aspirantes que no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria por embarazo o
parto, debidamente acreditados, tendrán derecho a la reserva de notas obtenidas, en su caso, en la prueba
teórica y en la prueba práctica, que hubieran superado con anterioridad. Todas las demás pruebas que
integran el proceso selectivo, deberá realizarlas una vez superadas las pruebas físicas, ya sea en la misma o
siguientes convocatorias, quedando condicionado su ingreso en la ASPEX, a la superación de las referidas
pruebas físicas y a que, de acuerdo con la calificación global obtenida en la convocatoria en que las supere,
obtenga plaza en relación con la calificación del resto de aspirantes. A tal fin, la aspirante podrá realizar las
indicadas pruebas físicas en el momento que se establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha
tampoco pudiera realizarlas debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá realizarlas en
una inmediata segunda convocatoria.
En caso de que la aspirante no pudiera realizar las pruebas físicas en la fecha prevista para ello en la segunda
convocatoria posterior a la de superación del resto de las pruebas, cualquiera que fuera la causa, perderá
todo derecho a las mismas.
En cualquier caso, la incorporación de la aspirante a la ASPEX se realizará con las personas admitidas en la
convocatoria en que supere las pruebas físicas.
Contra el acuerdo del Tribunal por el que se aprueba y hace público el resultado de esta prueba, las personas
aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación para formular
alegaciones que estimen oportunas ante el Tribunal que procederá a su resolución y notificación a las
personas interesadas antes de la celebración, en su caso, de la siguiente prueba.
d) Prueba psicotécnica: Consistirá en un cuestionario tipo test dirigido a determinar: por un lado, la aptitud
psicológica de la persona aspirante y; por otro, la adecuación de la misma al perfil profesional del puesto de
Policía Local. El Tribunal de Selección deberá aprobar y hacer públicos, siempre con carácter previo a dicha
prueba, tanto el sistema de desarrollo, como los criterios de evaluación, valoración y superación de la misma.
Contra el acuerdo del Tribunal por el que se aprueba y hace público el resultado de las calificaciones de esta
prueba las personas aspirantes disponen de un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de su
publicación, para formular las alegaciones que estime oportunas ante el Tribunal que procederá a su
resolución y notificación a las personas interesadas antes de la celebración, en su caso, de la siguiente
prueba.
e) Reconocimiento médico: Se realizará con sujeción al cuadro de exclusiones médicas contenida en el anexo
I, con el objeto de garantizar la idoneidad física de la persona aspirante para el desempeño de la función
policial.
El reconocimiento médico se realizará a aquellos aspirantes que, habiendo superado los cuatro ejercicios
anteriores, hubieran obtenido una mayor puntuación en la suma de todas las pruebas, sin que el número
total de dichos reconocimientos pueda exceder del doble de las plazas convocadas.
Contra el acuerdo del Tribunal por el que se aprueba y hace público el resultado de esta prueba, las personas
aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de su publicación para formular
alegaciones que estimen oportunas ante el Tribunal que procederá a su resolución y notificación a las
personas interesadas.
El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que tengan carácter
escrito sean corregidos sin que se conozca la identidad de la persona aspirante.
Los ejercicios, plantillas de respuesta, calificaciones obtenidas serán objeto de publicación en www.juntaex.es y
aspex.juntaex.es.
7.3. Entre la convocatoria de las pruebas y la celebración de las mismas deberá transcurrir un plazo mínimo de dos días
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 10 de 35