Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (03109/2025)
Resolución del Alcalde por la que se aprueba la actualización para 2025 del Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 del Ayuntamiento de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

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- Línea estratégica 5: Protección animal y sanidad.
- Línea estratégica 6: Dinamización comercial.
- Línea estratégica 7: Fomento de la rehabilitación urbana del Casco Antiguo.
- Línea estratégica 8: Cooperación al desarrollo.
Las cuantías previstas para cada una de las líneas serán las recogidas para cada ejercicio en el presupuesto anual del
Ayuntamiento, de la Fundación Municipal de Deportes, del Instituto Municipal de Deportes, y de la Inmobiliaria Municipal de
Badajoz.
Se adjunta como anexo el desglose del coste por cada una de las líneas específicas y por tipos de subvenciones.
5.- Procedimiento de concesión, plan de acción.
De acuerdo con lo previsto en la normativa vigente, el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará
en régimen de concurrencia competitiva. Excepcionalmente, cuando por la naturaleza o características de la subvención no
sea posible su tramitación por el procedimiento de concurrencia competitiva, podrá utilizarse el régimen de concesión
directa mediante convocatoria abierta, en virtud del cual las subvenciones podrán irse concediendo conforme se vayan
solicitando por los interesados en base a los requisitos o criterios establecidos en las bases reguladoras, siempre que exista
crédito presupuestario.
Asimismo, podrán concederse de forma directa, sin convocatoria previa, las siguientes subvenciones:
- Subvenciones nominativas previstas en el presupuesto del Ayuntamiento de Badajoz.
- Subvenciones cuyo otorgamiento o cuantía sean impuestas al Ayuntamiento de Badajoz por una norma de
rango legal.
- Subvenciones concedidas de forma directa por razones de interés público, social, económico o humanitario
u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
En las correspondientes bases deberá recogerse el procedimiento adecuado a cada una de las líneas de subvención que se
regulen.
6.- Plazos de ejecución.
Con carácter general, las subvenciones municipales tendrán un plazo de ejecución anual, siendo el periodo elegible a efectos
de justificación el año natural.
En aquellos supuestos en los que las circunstancias hagan conveniente la fijación de un plazo de ejecución superior al anual,
o la modificación del periodo elegible, se deberá recoger en las correspondientes bases.
7.- Financiación.
La efectividad de las líneas de ayudas y subvenciones incluidas en el presente plan quedará condicionada a la existencia de
crédito adecuado y suficiente en el correspondiente presupuesto anual.
Previo a la concesión de cualquier tipo de subvención se procederá a la tramitación de la correspondiente retención de
crédito en el presupuesto corriente.
8.- Control, seguimiento, actualización y evolución.
El control, seguimiento y actualización del PES se realizará en dos aspectos:
1. Control económico–financiero de las subvenciones concedidas, que realizará la Intervención General en las
condiciones recogidas en la legislación vigente.
2. Control y seguimiento del PES, que será llevado a cabo por el titular de la concejalía competente en materia
de hacienda, para lo cual se le remitirá a su titular, por cada uno de los servicios y entidades gestoras de
subvenciones junto con un oficio, comunicación firmada por su respectivo concejal delegado competente,
anualmente y tras la liquidación del presupuesto del ejercicio anterior, antes del día 30 de abril, un informe de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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