Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03084/2025)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal número 48, reguladora del precio público por estancia y uso de los servicios de residencia asistida de mayores y centro de día
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara
Anuncio 3084/2025
3. Estarán exentos de abonar el precio público aquellos residentes a título
individual, cuyos ingresos sean inferiores a 92,67 euros mensuales, así como los
cónyuges con ingresos inferiores a 185,35 euros mensuales.
4. En el supuesto de usuarios unidos matrimonialmente y que ambos cónyuges
posean ingresos, servirá de base para el cálculo del precio público a satisfacer
por el matrimonio, la suma de los mismos, siempre y cuando el régimen
económico matrimonial fuera el de gananciales.
B) Centro de día.
Los usuarios abonaran una cuota proporcional al 25% correspondiente a su pensión, incluidas
pagas extraordinarias. Con un máximo de 206.94 euros/mes.
5.2. Plazas no concertadas:
A) Centro residencial de asistidos.
En los supuestos de plaza no concertada con el Servicio Extremeño de la Promoción de la
Autonomía y Atención a la Dependencia de la Junta de Extremadura, los residentes abonaran
una cuota tributaria fija de 1.283,93 euros (IVA no incluido).
B) Centro de día.
En los supuestos de plaza no concertada con el Servicio Extremeño de la Promoción de la
Autonomía y Atención a la Dependencia de la Junta de Extremadura, los usuarios de los
servicios de centro de día deberán abonar:
Periodo/horario
Concepto
Precio
Lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas
Incluye desayuno, comida, merienda,
además de servicio de residencia
644,09 euros (IVA no
incluido)
Lunes a viernes: 4 horas/día (entre las
8:00 y las 20:00 horas)
Sin servicio de desayuno, comida o
merienda
308,40 euros (IVA no
incluido)
Lunes a domingo de 8:00 a 20:00 horas
Incluye desayuno, comida, merienda,
además de servicio de residencia
909,78 euros (IVA no
incluido)
Días sueltos
Incluye comidas
29,61 euros (IVA no
incluido)
San Vicente de Alcántara, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Miguel Ángel Bermejo Pacheco.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 4
Anuncio 3084/2025
3. Estarán exentos de abonar el precio público aquellos residentes a título
individual, cuyos ingresos sean inferiores a 92,67 euros mensuales, así como los
cónyuges con ingresos inferiores a 185,35 euros mensuales.
4. En el supuesto de usuarios unidos matrimonialmente y que ambos cónyuges
posean ingresos, servirá de base para el cálculo del precio público a satisfacer
por el matrimonio, la suma de los mismos, siempre y cuando el régimen
económico matrimonial fuera el de gananciales.
B) Centro de día.
Los usuarios abonaran una cuota proporcional al 25% correspondiente a su pensión, incluidas
pagas extraordinarias. Con un máximo de 206.94 euros/mes.
5.2. Plazas no concertadas:
A) Centro residencial de asistidos.
En los supuestos de plaza no concertada con el Servicio Extremeño de la Promoción de la
Autonomía y Atención a la Dependencia de la Junta de Extremadura, los residentes abonaran
una cuota tributaria fija de 1.283,93 euros (IVA no incluido).
B) Centro de día.
En los supuestos de plaza no concertada con el Servicio Extremeño de la Promoción de la
Autonomía y Atención a la Dependencia de la Junta de Extremadura, los usuarios de los
servicios de centro de día deberán abonar:
Periodo/horario
Concepto
Precio
Lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas
Incluye desayuno, comida, merienda,
además de servicio de residencia
644,09 euros (IVA no
incluido)
Lunes a viernes: 4 horas/día (entre las
8:00 y las 20:00 horas)
Sin servicio de desayuno, comida o
merienda
308,40 euros (IVA no
incluido)
Lunes a domingo de 8:00 a 20:00 horas
Incluye desayuno, comida, merienda,
además de servicio de residencia
909,78 euros (IVA no
incluido)
Días sueltos
Incluye comidas
29,61 euros (IVA no
incluido)
San Vicente de Alcántara, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Miguel Ángel Bermejo Pacheco.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 4