Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03016/2025)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al fomento del turismo en entornos acuáticos, 2025
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Anuncio 3016/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Badajoz
Anuncio 3016/2025
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al fomento del turismo en entornos acuáticos, 2025
SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS AL FOMENTO DEL TURISMO EN ENTORNOS ACUÁTICOS, 2025
DECRETO
El Plan Estratégico de Subvenciones para 2025 aprobado por la Junta de Gobierno con fecha 20 de diciembre de 2024, (BOP
n.º 249, de 30/12/2024), contempla entre las líneas de subvención a otorgar con cargo a las aplicaciones del presupuesto
general de la Corporación, y entre las que se encuentran las consignadas en el Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y
Turismo, el Programa de subvenciones Fomento del Turismo, habiéndose aprobado el presupuesto de 2025, en el que
existe la correspondiente consignación presupuestaria para realizar la convocatoria de estas líneas de subvenciones.
Estas líneas de Fomento del Turismo contribuyen a la consecución del OE 5, del Plan Estratégico de Subvenciones, que
además se vincula con el ODS 8 "Trabajo decente y crecimiento económico", y el ODS 17 "Alianzas para lograr los objetivos",
de a la Agenda 2030, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2015.
Con ello se pretende la promoción del turismo como reflejo de su peso creciente en la economía provincial y de cada uno de
sus municipios, respaldando el desarrollo de acciones que contribuyan a la mejora de la imagen y del posicionamiento de la
provincia de Badajoz como destino turístico, la información sobre los valores de los ciudadanos de la provincia y las
tendentes a coordinar la actividad turística con otras instituciones públicas y privadas.
Tal actuación es competencia propia de la Diputación, en virtud del artículo 36.1 d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme al cual está entre sus competencias "La cooperación en el fomento del
desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás
Administraciones Públicas en este ámbito".
Para el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas que hayan de concederse mediante concurrencia competitiva
se han de aprobar las bases específicas reguladoras de la concesión, conjunta o previamente a la convocatoria, con arreglo a
lo que disponen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006,
de 21 de julio, así como la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
Vista la propuesta de la Dirección del Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo para la aprobación de unas bases
específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a Fomento del Turismo
para la realización de actividades en entornos acuáticos durante el año 2025, que constituyan la normativa específica por la
que se rija la misma.
Considerando la competencia que me confiere el artículo 33.2 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de
Badajoz, y la regulación contenida en la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro
electrónico en la Diputación de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar las bases específicas de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz
destinadas a Fomento del Turismo en entornos acuáticos durante el año 2025, así como sus anexos, cuyo
texto forma parte inseparable del presente acuerdo.
Segundo.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por
vía telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
1. Solicitud de subvención destinada al fomento del turismo en entornos acuáticos 2025.
(Anexo I).
2. Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención destinada al
fomento del turismo en entornos acuáticos 2025. (Anexo V).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS AL FOMENTO DEL TURISMO EN ENTORNOS ACUÁTICOS, 2025
DECRETO
El Plan Estratégico de Subvenciones para 2025 aprobado por la Junta de Gobierno con fecha 20 de diciembre de 2024, (BOP
n.º 249, de 30/12/2024), contempla entre las líneas de subvención a otorgar con cargo a las aplicaciones del presupuesto
general de la Corporación, y entre las que se encuentran las consignadas en el Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y
Turismo, el Programa de subvenciones Fomento del Turismo, habiéndose aprobado el presupuesto de 2025, en el que
existe la correspondiente consignación presupuestaria para realizar la convocatoria de estas líneas de subvenciones.
Estas líneas de Fomento del Turismo contribuyen a la consecución del OE 5, del Plan Estratégico de Subvenciones, que
además se vincula con el ODS 8 "Trabajo decente y crecimiento económico", y el ODS 17 "Alianzas para lograr los objetivos",
de a la Agenda 2030, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2015.
Con ello se pretende la promoción del turismo como reflejo de su peso creciente en la economía provincial y de cada uno de
sus municipios, respaldando el desarrollo de acciones que contribuyan a la mejora de la imagen y del posicionamiento de la
provincia de Badajoz como destino turístico, la información sobre los valores de los ciudadanos de la provincia y las
tendentes a coordinar la actividad turística con otras instituciones públicas y privadas.
Tal actuación es competencia propia de la Diputación, en virtud del artículo 36.1 d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme al cual está entre sus competencias "La cooperación en el fomento del
desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás
Administraciones Públicas en este ámbito".
Para el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas que hayan de concederse mediante concurrencia competitiva
se han de aprobar las bases específicas reguladoras de la concesión, conjunta o previamente a la convocatoria, con arreglo a
lo que disponen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006,
de 21 de julio, así como la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
Vista la propuesta de la Dirección del Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo para la aprobación de unas bases
específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a Fomento del Turismo
para la realización de actividades en entornos acuáticos durante el año 2025, que constituyan la normativa específica por la
que se rija la misma.
Considerando la competencia que me confiere el artículo 33.2 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de
Badajoz, y la regulación contenida en la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro
electrónico en la Diputación de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar las bases específicas de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz
destinadas a Fomento del Turismo en entornos acuáticos durante el año 2025, así como sus anexos, cuyo
texto forma parte inseparable del presente acuerdo.
Segundo.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por
vía telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
1. Solicitud de subvención destinada al fomento del turismo en entornos acuáticos 2025.
(Anexo I).
2. Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención destinada al
fomento del turismo en entornos acuáticos 2025. (Anexo V).
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