Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03062/2025)
Reglamento de funcionamiento del centro empresarial y de nuevas tecnologías (CENT)
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Mérida
Anuncio 3062/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Mérida (Badajoz)
Anuncio 3062/2025
Reglamento de funcionamiento del centro empresarial y de nuevas tecnologías (CENT)
Con fecha 3 de julio de 2025, fue remitido para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP) el edicto
titulado "Reglamento de funcionamiento del centro empresarial y de nuevas tecnologías (CENT)", correspondiente al
expediente administrativo tramitado por el Excmo. Ayuntamiento de Mérida.
Dicho edicto fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 128, de fecha 8 de julio de 2025, bajo el
anuncio 2882/2025.
Tras la revisión del contenido publicado, se han detectado errores en el texto del Reglamento, por lo que, en aras al principio
de transparencia y para garantizar la seguridad jurídica y la adecuada información a la ciudadanía, se procede a la
sustitución del edicto inicialmente publicado por un nuevo texto corregido y actualizado.
A tal efecto, se hace saber que el Pleno Municipal de Mérida, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de junio de 2025, ha
aprobado definitivamente la modificación del Reglamento de Funcionamiento del Centro Empresarial y de Nuevas
Tecnologías, cuyo texto íntegro y actualizado se inserta a continuación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, el presente Reglamento no entrará en vigor hasta transcurridos quince días hábiles desde la publicación de este
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO EMPRESARIAL Y DE NUEVAS TECNOLOGÍAS (CENT)
(Aprobado definitivamente en S.P. de fecha 29 de junio de 2025)
El Centro Empresarial y de Nuevas Tecnologías (en adelante, "CENT"), es un edificio de titularidad municipal, construido en el
marco del proyecto Urban Mérida 2007/2013, cofinanciado en un 80% por el FEDER. Se ubica en un edificio de nueva planta
situado en la calle Pío Baroja, número 7, del polígono nueva ciudad, de la ciudad de Mérida, con una superficie construida de
885,16 m². Dispone de 24 despachos, distribuidos en cuatro niveles, además de diferentes salas y aulas de usos múltiples,
que conforman prioritariamente un semillero de empresas.
El semillero de empresas es una estructura de acogida temporal para ubicar a empresas y emprendedores en sus primeros
pasos en el mercado, acompañarlos y prestarles determinados servicios adaptados a las necesidades de cada proyecto
empresarial, con el fin de facilitarles el desarrollo de iniciativas empresariales de interés local. Constituye, pues, un espacio
físico que, combinando el ofrecimiento de despachos, formación, asesoramiento y prestación de servicios, trata de cubrir las
necesidades básicas de pequeñas y medianas empresas, permitiendo mejorar sus expectativas de supervivencia.
Asimismo, el CENT es un edificio apto para albergar otros usos compatibles con el principal y prestar actividades en
colaboración con otras administraciones públicas y/o sus organismos dependientes.
La regulación de este centro de forma diferenciada permite ofrecer herramientas tanto a los usuarios como a los
profesionales implicados en cada punto del proceso, de cara a la utilización de este servicio de la forma más eficaz y sencilla.
Para ello, se han simplificado y aclarado al máximo los trámites que deben realizarse, estableciéndose un enunciado
explícito de requisitos, derechos y deberes.
Atendiendo a los fines señalados, y en el ejercicio de la potestad reglamentaria, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 4.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a dictar el presente
Reglamento de utilización del edificio municipal.
TÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto.
Este Reglamento tiene como finalidad regular el funcionamiento del CENT municipal de Mérida, la admisión de beneficiarios,
los derechos y obligaciones de todos sus usuarios, así como la ordenación del uso de los espacios privativos y comunes.
Artículo 2.- Fines y medios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 11
Anuncio 3062/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Mérida (Badajoz)
Anuncio 3062/2025
Reglamento de funcionamiento del centro empresarial y de nuevas tecnologías (CENT)
Con fecha 3 de julio de 2025, fue remitido para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP) el edicto
titulado "Reglamento de funcionamiento del centro empresarial y de nuevas tecnologías (CENT)", correspondiente al
expediente administrativo tramitado por el Excmo. Ayuntamiento de Mérida.
Dicho edicto fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 128, de fecha 8 de julio de 2025, bajo el
anuncio 2882/2025.
Tras la revisión del contenido publicado, se han detectado errores en el texto del Reglamento, por lo que, en aras al principio
de transparencia y para garantizar la seguridad jurídica y la adecuada información a la ciudadanía, se procede a la
sustitución del edicto inicialmente publicado por un nuevo texto corregido y actualizado.
A tal efecto, se hace saber que el Pleno Municipal de Mérida, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de junio de 2025, ha
aprobado definitivamente la modificación del Reglamento de Funcionamiento del Centro Empresarial y de Nuevas
Tecnologías, cuyo texto íntegro y actualizado se inserta a continuación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, el presente Reglamento no entrará en vigor hasta transcurridos quince días hábiles desde la publicación de este
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO EMPRESARIAL Y DE NUEVAS TECNOLOGÍAS (CENT)
(Aprobado definitivamente en S.P. de fecha 29 de junio de 2025)
El Centro Empresarial y de Nuevas Tecnologías (en adelante, "CENT"), es un edificio de titularidad municipal, construido en el
marco del proyecto Urban Mérida 2007/2013, cofinanciado en un 80% por el FEDER. Se ubica en un edificio de nueva planta
situado en la calle Pío Baroja, número 7, del polígono nueva ciudad, de la ciudad de Mérida, con una superficie construida de
885,16 m². Dispone de 24 despachos, distribuidos en cuatro niveles, además de diferentes salas y aulas de usos múltiples,
que conforman prioritariamente un semillero de empresas.
El semillero de empresas es una estructura de acogida temporal para ubicar a empresas y emprendedores en sus primeros
pasos en el mercado, acompañarlos y prestarles determinados servicios adaptados a las necesidades de cada proyecto
empresarial, con el fin de facilitarles el desarrollo de iniciativas empresariales de interés local. Constituye, pues, un espacio
físico que, combinando el ofrecimiento de despachos, formación, asesoramiento y prestación de servicios, trata de cubrir las
necesidades básicas de pequeñas y medianas empresas, permitiendo mejorar sus expectativas de supervivencia.
Asimismo, el CENT es un edificio apto para albergar otros usos compatibles con el principal y prestar actividades en
colaboración con otras administraciones públicas y/o sus organismos dependientes.
La regulación de este centro de forma diferenciada permite ofrecer herramientas tanto a los usuarios como a los
profesionales implicados en cada punto del proceso, de cara a la utilización de este servicio de la forma más eficaz y sencilla.
Para ello, se han simplificado y aclarado al máximo los trámites que deben realizarse, estableciéndose un enunciado
explícito de requisitos, derechos y deberes.
Atendiendo a los fines señalados, y en el ejercicio de la potestad reglamentaria, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 4.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a dictar el presente
Reglamento de utilización del edificio municipal.
TÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto.
Este Reglamento tiene como finalidad regular el funcionamiento del CENT municipal de Mérida, la admisión de beneficiarios,
los derechos y obligaciones de todos sus usuarios, así como la ordenación del uso de los espacios privativos y comunes.
Artículo 2.- Fines y medios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 11