Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llerena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (03076/2025)
Bases que han de regir la concesión por parte del Ayuntamiento de Llerena de ayudas para la adquisición de material didáctico escolar fungible del curso 2025-2026
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Ayuntamiento de Llerena

Anuncio 3076/2025

siguiente a la retirada del mismo en el Ayuntamiento. En caso de que no lo hiciera en referido plazo, se entenderá que
renuncia a la ayuda concedida.
7.- Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos.
Son compatibles las ayudas concedidas por otras Administraciones públicas o entidades privadas para la adquisición de
libros de texto y de material escolar, de acuerdo con el artículo 19.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones, siempre que la
suma no supere el coste del material didáctico escolar fungible necesario para el curso 2025-2026.
8.- Régimen Jurídico.
Las ayudas para la adquisición de material didáctico escolar fungible del curso 2025-2026 se regirán por lo previsto en las
presentes bases, y en lo no regulado expresamente en ellas, por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento
de Llerena (BOP número 120, de 27 de junio de 2005), por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y
demás normativa que resulte de aplicación.
9.- Publicidad y protección de datos.
9.1.- Las presentes bases se publicarán en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de esta Corporación
(https://sede.llerena.es/).
Un extracto de esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Igualmente, y de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el texto completo de la convocatoria se comunicará a la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (BDNS).
9.2.- La concurrencia al proceso de concesión implicará la manifestación tácita de consentimiento inequívoco
al tratamiento de datos de carácter personal, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Sin perjuicio de lo anterior,
en ningún caso serán objeto de publicación los nombres y apellidos de los beneficiarios.
9.3.- De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales:
Responsable del tratamiento de sus datos: Ayuntamiento de Llerena.
Finalidad del tratamiento de los datos: Gestionar la solicitud de ayudas para la adquisición de material
didáctico escolar fungible del curso 2025-2026.
Tiempo de conservación de los datos: Durante el plazo de vigencia de este expediente. No obstante,
los datos serán conservados con fines de archivo de interés público o fines estadísticos.
Legitimación para el tratamiento de los datos: Ejercicio de los poderes públicos o competencias
propias.
Cesión a terceras personas: Los datos NO serán cedidos a terceras personas ajenas al Ayuntamiento
de Llerena, salvo que deban ser comunicados a otras entidades públicas por imperativo legal.
Derechos: Derecho de acceso a sus datos, solicitar su rectificación o, en su caso, cancelación, oposición
o solicitar su supresión. Podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos o, en su caso,
oponerse al tratamiento de los mismos. Para ejercer los expresados derechos podrá hacerlo a través
de la sede electrónica del Ayuntamiento de Llerena.
10.- Referencias de género.
Todas las referencias contenidas en las presentes bases que se efectúan en género masculino, se entenderán hechas
indistintamente en género femenino. Los géneros han sido empleados conforme a la práctica y uso generalmente admitidos
en aras a la agilidad lingüística."
Diligencia.- Para hacer constar que las presentes bases han sido aprobadas por el Pleno de este Excmo. Ayuntamiento, en
sesión ordinaria celebrada el día 23 de junio de 2025.
Llerena, a fecha de la firma digital.- La Secretaria, María de Nazaret Mesías Barrio.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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