Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (02990/2025)
Convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la adquisición de vehículos nuevos adaptados para transporte de personas con movilidad reducida
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
Anuncio 2990/2025
Anexo I. Solicitud debidamente cumplimentada o generada automáticamente en sede electrónica y
firmada por el/la representante legal de la entidad en caso de persona jurídica.
Anexo II. Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de los requisitos del artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y declaración de ayudas o subvenciones
que se hayan solicitado para el mismo fin a otros organismos o entidades públicas o privadas.
Documento oficial que acredite la representación legal de la entidad solicitante en caso de persona
jurídica.
Copia de los estatutos vigentes de la entidad.
Memoria de las actividades que desarrolla la entidad solicitante que contenga una exposición clara y la
fundamentación de la necesidad e idoneidad de la solicitud, y, en su caso, las especiales circunstancias
de urgencia que concurren en cuanto a prestación de servicios de carácter social y/o humanitario que
supongan un hecho diferenciador con respecto a las generales.
Factura proforma o presupuesto detallado del vehículo que se propone adquirir emitido por empresa
especializada del sector o factura en firme con justificante de pago si el vehículo se hubiera adquirido
antes de la solicitud de la subvención (con el límite máximo de 1 de enero de 2025).
Informe de relación de vehículos del solicitante expedido por la DGT (referido a la entidad solicitante).
En caso de no aportar este informe, no se puntuará el criterio número 1 establecido en la base 5.
Certificado actualizado de tener sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz, en caso de
no venir expresamente reflejado en sus estatutos.
Alta de Terceros. Para aquellos interesados que no estén inscritos en el Registro de Terceros de la
Diputación o que, estando inscritas, hayan modificado los datos Incluidos en el mencionado Registro,
deberán presentar modelo de alta a terceros y modelo de certificación bancaria necesariamente a
través de la sede electrónica del Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio: Solicitud Alta
Terceros.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre de Contratos del Sector público para el contrato menor, (15.000,00 €) el beneficiario deberá
solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por sus especiales
características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o
suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención La tres ofertas
así como la elección realizada de entre las mismas, deberán aportarse junto con la solicitud de
subvención, y se deberá justificar esa elección conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo
justificarse expresamente en una memoria, la elección cuando no recaiga en la propuesta económica
más ventajosa.
Además de lo anterior, en el caso en que el interesado deniegue expresamente su consentimiento para que el órgano gestor
pueda obtener los datos por vía telemática, el interesado deberá aportar la siguiente documentación:
Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad.
Certificados acreditativos de hallarse al corriente de obligaciones tributarias con el Estado y Diputación de Badajoz,
de sus obligaciones financieras con esta última y de sus obligaciones con la Seguridad Social.
En caso de que un interesado/a presente más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta una de ellas; en este caso, la
solicitud que haya tenido entrada en último lugar en el registro electrónico, siempre dentro del plazo de presentación de
solicitudes establecido al efecto.
Las solicitudes electrónicas, mencionadas en el apartado anterior, deberán contener la firma electrónica requerida por el
Reglamento de Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 19, de
15 de enero de 2021 y todos los demás requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los/as interesados/as aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios, conforme a los modelos
normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud
electrónica. Los documentos electrónicos aportados con la solicitud se consideran copias electrónicas auténticas de los
documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de la firma electrónica con
la que se firma la solicitud.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir a el/la interesado/a la exhibición del documento
o de la información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La
aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal
contenida en tales documentos.
En cualquier caso, la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de las bases de esta
convocatoria por parte del solicitante, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Anexo I. Solicitud debidamente cumplimentada o generada automáticamente en sede electrónica y
firmada por el/la representante legal de la entidad en caso de persona jurídica.
Anexo II. Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de los requisitos del artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y declaración de ayudas o subvenciones
que se hayan solicitado para el mismo fin a otros organismos o entidades públicas o privadas.
Documento oficial que acredite la representación legal de la entidad solicitante en caso de persona
jurídica.
Copia de los estatutos vigentes de la entidad.
Memoria de las actividades que desarrolla la entidad solicitante que contenga una exposición clara y la
fundamentación de la necesidad e idoneidad de la solicitud, y, en su caso, las especiales circunstancias
de urgencia que concurren en cuanto a prestación de servicios de carácter social y/o humanitario que
supongan un hecho diferenciador con respecto a las generales.
Factura proforma o presupuesto detallado del vehículo que se propone adquirir emitido por empresa
especializada del sector o factura en firme con justificante de pago si el vehículo se hubiera adquirido
antes de la solicitud de la subvención (con el límite máximo de 1 de enero de 2025).
Informe de relación de vehículos del solicitante expedido por la DGT (referido a la entidad solicitante).
En caso de no aportar este informe, no se puntuará el criterio número 1 establecido en la base 5.
Certificado actualizado de tener sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz, en caso de
no venir expresamente reflejado en sus estatutos.
Alta de Terceros. Para aquellos interesados que no estén inscritos en el Registro de Terceros de la
Diputación o que, estando inscritas, hayan modificado los datos Incluidos en el mencionado Registro,
deberán presentar modelo de alta a terceros y modelo de certificación bancaria necesariamente a
través de la sede electrónica del Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio: Solicitud Alta
Terceros.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre de Contratos del Sector público para el contrato menor, (15.000,00 €) el beneficiario deberá
solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por sus especiales
características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o
suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención La tres ofertas
así como la elección realizada de entre las mismas, deberán aportarse junto con la solicitud de
subvención, y se deberá justificar esa elección conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo
justificarse expresamente en una memoria, la elección cuando no recaiga en la propuesta económica
más ventajosa.
Además de lo anterior, en el caso en que el interesado deniegue expresamente su consentimiento para que el órgano gestor
pueda obtener los datos por vía telemática, el interesado deberá aportar la siguiente documentación:
Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad.
Certificados acreditativos de hallarse al corriente de obligaciones tributarias con el Estado y Diputación de Badajoz,
de sus obligaciones financieras con esta última y de sus obligaciones con la Seguridad Social.
En caso de que un interesado/a presente más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta una de ellas; en este caso, la
solicitud que haya tenido entrada en último lugar en el registro electrónico, siempre dentro del plazo de presentación de
solicitudes establecido al efecto.
Las solicitudes electrónicas, mencionadas en el apartado anterior, deberán contener la firma electrónica requerida por el
Reglamento de Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 19, de
15 de enero de 2021 y todos los demás requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los/as interesados/as aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios, conforme a los modelos
normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud
electrónica. Los documentos electrónicos aportados con la solicitud se consideran copias electrónicas auténticas de los
documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de la firma electrónica con
la que se firma la solicitud.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir a el/la interesado/a la exhibición del documento
o de la información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La
aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal
contenida en tales documentos.
En cualquier caso, la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de las bases de esta
convocatoria por parte del solicitante, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse la
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