Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (02990/2025)
Convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la adquisición de vehículos nuevos adaptados para transporte de personas con movilidad reducida
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 2990/2025

circunstancia debiendo velar la Administración por la creación de servicios y redes integradas que interconecten los distintos
núcleos poblacionales, garantizando un uso eficiente y al servicio de la ciudadanía.
En la actual legislatura 2023-2027 el área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo tiene como finalidad
contribuir a garantizar unos niveles homogéneos de prestaciones sociales a los ciudadanos, en condiciones de equilibrio
interterritorial, mediante el desarrollo de programas sociales, con especial incidencia en la lucha contra la exclusión social.
Diputación de Badajoz pretende continuar con el establecimiento de programas y proyectos que favorezcan las condiciones
básicas de accesibilidad y no discriminación
Con la finalidad de favorecer el desarrollo de proyectos que contribuyan a la eliminación de las desigualdades y a la lucha
contra la despoblación en el ámbito rural, la Diputación de Badajoz realiza políticas públicas de acción social en la provincia
de Badajoz, que aparecen definidas en Plan Estratégico de Subvenciones de la Institución para el ejercicio económico 2025,
aprobado por la Junta de Gobierno Provincial en sesión correspondiente al día 20 de diciembre de 2024 y publicado en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz con fecha 30 de diciembre de 2024, como instrumento de planificación que permite
mejorar la eficacia de las subvenciones.
Este nuevo programa de ayudas a la adquisición de vehículos adaptados no se encuentra expresamente contemplado en el
PES de este ejercicio si bien, y atendiendo a lo establecido en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el mismo contribuye a conseguir el Objetivo Estratégico 4 del Plan. Además, según lo dispuesto en la cláusula
segunda del mismo, las líneas de actuación son susceptibles de incrementarse con aportaciones suplementarias de fondos
de la Diputación Provincial u otras administraciones, tramitando para ello previamente las modificaciones presupuestarias
pertinentes en el presupuesto de la Corporación. Con la aprobación de dichos expedientes por el órgano competente para
ello, se podrá gestionar la tramitación de su concesión sin necesidad de actualizar el contenido del Plan para cada una de las
modificaciones que se vayan produciendo.
Tras la regularización contable de depósitos "abandonados" existentes en el Hospital Psiquiátrico de Mérida pertenecientes
a pacientes fallecidos, por el transcurso de más de 20 años sin que ningún interesado haya realizado gestión alguna en
ejercicio de su derecho de propiedad. Considerando afectado dicho importe debido a que la normativa patrimonial obliga a
utilizar dichos fondos para "financiar programas dirigidos a promover la mejora de las condiciones educativas de las
personas con discapacidad, así como a extender la accesibilidad universal de los entornos, bienes, servicios y procesos" (art.
18 de la Ley 33/2003) y atendiendo a la demanda del tejido asociativo de la provincia en relación con la necesidad de
transporte adaptado, se pone en marcha este programa de adquisición de vehículos.
En el marco del mencionado objetivo estratégico 4 del PES se vienen encuadrando actuaciones destinadas a la prevención y
tratamiento de situaciones de exclusión social, la información y sensibilización en materia de intervención, la promoción de
los recursos personales para hacer frente a situaciones de desprotección social, y apoyar el voluntariado y a quienes
potencien las redes de apoyo social y natural de las personas y colectivos desfavorecidos, mediante el apoyo al
asociacionismo.
Para la gestión efectiva de las subvenciones que hayan de concederse mediante concurrencia competitiva con convocatoria
abierta se han de aprobar las bases específicas reguladoras de la concesión, conjunta o previamente a la convocatoria, con
arreglo a lo que disponen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
Visto el informe propuesta de la Coordinadora del Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo para
la aprobación de unas bases específicas con convocatoria, reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz
destinadas a la financiación de gastos derivados de la adquisición de vehículos nuevos adaptados para el transporte de
personas con movilidad reducida derivado de discapacidad o diversidad funcional por entidades sin ánimo de lucro durante
los ejercicios económicos 2025 y 2026.
Considerando que la competencia para la aprobación de esta convocatoria de subvenciones de carácter plurianual
corresponde a la Junta de Gobierno mediante Decreto de delegación de competencias del Pleno en la Junta de Gobierno
(BOP número 127, de fecha 7 de julio de 2025), en sesión celebrada el día 8 de julio de 2025,
HA RESUELTO:
Primero.- Aprobar las bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de
Badajoz destinadas a la financiación de gastos derivados de la adquisición de vehículos nuevos adaptados
para el transporte de personas con movilidad reducida derivado de discapacidad o diversidad funcional por
entidades sin ánimo de lucro durante los ejercicios económicos 2025 y 2026, y sus anexos, cuyo texto forma
parte inseparable del presente acuerdo.
Segundo.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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