Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01555/2025)
Convenio de encomienda de gestión entre la Diputación Provincial de Badajoz y determinados ayuntamientos, para la prestación de asistencia técnica en la revisión/actualización o elaboración de los Planes Periurbanos de Prevención de Incendios
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

Anuncio 1555/2025

alcalde/alcaldesa o persona que lo/la supla, así como también integrada por otro/a representante de cada una de las partes
por ellos/as designados/as o personas que los/las sustituyan.
Séptima. Incumplimiento del convenio.
En caso de incumplimiento de los compromisos asumidos por alguna de las partes, la otra parte notificará a través de la
Comisión de seguimiento a la parte incumplidora para que, en el plazo de 10 días hábiles, cumpla con las obligaciones y
compromisos adquiridos. Si, transcurrido el plazo indicado, persistiera el incumplimiento, se entenderá resuelto el convenio.
Octava. Confidencialidad y publicaciones.
Durante la vigencia del presente convenio y posterior a la resolución del mismo, ambas partes deberán guardar el debido
sigilo sobre los datos e informes que hayan conocido por razón de la ejecución del presente acuerdo, que tengan carácter
de confidencial.
La firma del presente convenio no otorgará derecho alguno para la utilización de los símbolos o logotipos de la Diputación
de Badajoz.
Novena. Protección de datos de carácter personal.
Este convenio puede implicar el tratamiento de datos de carácter personal siendo la entidad u órgano encomendado el
encargado de dicho tratamiento, debiendo respetar en su integridad la normativa vigente en materia de protección de
datos, en concreto, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, así como el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (RGDP).
Décima. Régimen jurídico.
El presente convenio de encomienda de gestión se regirá conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cuanto regula las encomiendas de gestión como un instrumento de
colaboración interadministrativa y, supletoriamente, por las demás normas de derecho administrativo que resulten de
aplicación.

El Presidente de Diputación

El/la Alcalde/sa

Fdo.: Miguel Ángel Gallardo Miranda

Fdo.: ____________________

El Secretario General de la Diputación

Fdo.: Enrique Pedrero Balas

El/la Secretario/a

Fdo.: ___________________

Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11.3 b) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Diputado Delegado del Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo, Juan
María Delfa Cupido.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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