Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01555/2025)
Convenio de encomienda de gestión entre la Diputación Provincial de Badajoz y determinados ayuntamientos, para la prestación de asistencia técnica en la revisión/actualización o elaboración de los Planes Periurbanos de Prevención de Incendios
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

Anuncio 1555/2025

de este municipio, a fin de identificar de necesidades para su adecuación.
b. Recopilar ante esa entidad u otra administración, la información, datos y documentos
necesarios para el fin que se persigue.
c. Aquellas otras gestiones necesarias para la elaboración, revisión y/o actualización del Plan
Periurbano de Prevención de Incendios Forestales de esta localidad.
2. Apoyar en la recopilación de documentos administrativos que se entiendan necesarios para la adecuada
ejecución o actualización del documento.
3. Facilitar las posibles visitas técnicas al municipio para el análisis sobre el terreno de las áreas afectadas por
la planificación del PPPIF, incluido el acompañamiento en aquellas.
4. Proporcionar cualquier documentación que se requiera para la correcta elaboración del Plan Periurbano de
Prevención de Incendios Forestales.
5. Participar en las actuaciones que fueren precisas para la difusión de las actuaciones entre los responsables
municipales y otros agentes implicados a través de las sesiones informativas que al efecto pudieran
celebrarse.
6. Recepción del documento "Plan Periurbano de Prevención de Incendios", una vez elaborado.
Cuarta. Vigencia, modificación y extinción.
El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma, y tendrá una vigencia de nueve meses, durante el cual se
realizarán todas las medidas de asistencia técnica acordadas en el presente convenio. Ello, no obstante, salvo denuncia
formulada por alguna de sus partes con un mes de antelación, se entenderá tácitamente prorrogado por un período
adicional de tres meses de duración si así lo requiriera la debida realización de esas medidas.
En el supuesto de que, durante la ejecución del convenio, las partes firmantes del mismo, a propuesta de la Comisión de
Seguimiento, estimaren conveniente efectuar cualquier modificación en sus estipulaciones, la misma requerirá el acuerdo
plenario de ambas partes y será incorporada como adenda al clausulado del mismo.
Las causas de extinción del convenio son las siguientes:
1. El cumplimiento del objeto.
2. El transcurso del plazo de vigencia, inicial o prorrogada, del convenio.
3. El mutuo acuerdo entre sus partes.
4. La decisión unilateral de una de las partes fundamentada en el incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos con la suscripción de este convenio por la otra una vez transcurrido un mes desde
que esta hubiere sido requerida para cumplir con los mismos.
5. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
Quinta. Aportación económica. Financiación.
El presente convenio está exento de aportación económica municipal.
Los trabajos de elaboración del Plan Periurbano de Prevención de Incendios (revisión/actualización o nueva elaboración)
serán ejecutados por la excelentísima Diputación de Badajoz, mediante el encargo para la "Prestación de Servicios de
Consultoría para la Revisión/Actualización y Elaboración de los Planes Periurbanos de Prevención de Incendios Forestales
(PPPI) de los municipios de la provincia de Badajoz", a su medio propio personificado y servicio técnico Tecnologías y
Servicios Agrarios, SA, SME, MP (TRAGSATEC).
Sexta. Comisión de seguimiento.
Para la interpretación, seguimiento, vigilancia o control de la ejecución del presente convenio y de los compromisos
asumidos por los firmantes, así como para su modificación, se constituye una Comisión de Seguimiento, que estará
presidida por el/la Director/a del Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo o persona que lo/la supla y por el/la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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