Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01544/2025)
Bases para la provisión de tres plazas de Agente de la Policía Local en el Ayuntamiento de Campanario
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Ayuntamiento de Campanario

Anuncio 1544/2025

El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que se desarrollen por
escrito, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los y las aspirantes.
Octava. Calificación de las pruebas.
8.1. Calificación de las pruebas:
Todas las pruebas serán obligatorias para todos los y las aspirantes, y tendrán carácter eliminatorio.
Para la realización de una prueba se precisa haber superado la anterior, salvo lo dispuesto en la base séptima, apartado c)
respecto de la imposibilidad de realización de las pruebas físicas por las mujeres embarazadas.
El ejercicio de la prueba de conocimiento tipo test (a) se valorará de 0 a 10 puntos.
Para superar la prueba se deberá obtener un mínimo de 5 puntos, una vez aplicados los criterios de corrección expresados
anteriormente en el apartado a) de la base séptima.
El ejercicio de la prueba práctica tipo test (b) se valorará de 0 a 10 puntos.
Para superar esta prueba se deberá obtener un mínimo de 5 puntos tras la aplicación de los criterios de corrección
expresados anteriormente en el apartado b) de la base séptima.
Para la valoración de las pruebas físicas, psicotécnicas, y médicas (c, d y e), se requerirán los servicios de personal
especializado designado por la persona titular de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, que
emitirá con arreglo a las condiciones de la presente convocatoria, un informe, a la vista del cual, el tribunal resolverá.
En la valoración de las pruebas físicas (c), la calificación de cada una será de cero a diez puntos, teniendo en cuenta que la
obtención de cero puntos en cualquiera de ellas supone la eliminación de la/el aspirante. En este sentido, la obtención en
cualquiera de las pruebas de una marca inferior a la mínima que determina la asignación en dicha prueba de 1 punto,
implicará haber obtenido 0 puntos, y en consecuencia la exclusión del o la aspirante del proceso de selección.
En la tercera prueba (velocidad y agilidad), para la determinación de la marca definitiva obtenida por cada aspirante en esta
prueba, cuando las centésimas de segundo no coincidan con los intervalos establecidos para cada una de las puntuaciones
de las anteriores tablas, se aplicarán las siguientes reglas de redondeo:
- Las centésimas de segundo comprendidas entre el 1 y el 4, ambas inclusive, determinarán un redondeo de
la décima de segundo obtenida a la baja, de tal forma que la cifra inicial de la décima quedaría inalterada (ej.:
una aspirante mujer en rango de edad entre 18 y 30 años que realiza una marca de 10,44 segundos en esta
prueba, aplicando la regla expresada obtendría una marca definitiva de 10,40 segundos, con una puntuación
de 8 puntos).
- Las centésimas de segundo comprendidas entre el 5 y el 9, ambas inclusive, determinarán un redondeo de
la décima de segundo obtenida al alza, de tal forma que a la cifra inicial de la décima se le adicionaría una
unidad (ej.: una aspirante mujer en rango de edad entre 18 y 30 años que realiza una marca de 10,45
segundos en esta prueba, aplicando la regla expresada obtendría una marca definitiva de 10,50 segundos,
con una puntuación de 7 puntos).
La calificación total de las pruebas físicas de la fase de oposición vendrá determinada por la media aritmética de las notas
obtenidas en cada una de ellas, debiendo alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar. En caso de no alcanzar dicha
puntuación mínima, la persona aspirante será declarada como "No Apta". Cuando lo estime pertinente y de forma aleatoria,
el Tribunal Calificador podrá realizar pruebas de consumo de sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de
estimulantes o cualquier tipo de dopaje, según las normas del Consejo Superior de Deportes, destinados a aumentar la
capacidad física o a modificar los resultados de la prueba, eliminándose a quienes den positivo al consumo de dichas
sustancias.
Los resultados obtenidos en las pruebas en las que se utilicen hojas de respuestas normalizadas corresponderán con la
lectura automatizada, que se realizará con una lectora óptica de datos aplicada a la hoja u hojas de respuestas.
Para cumplimentar los datos y responder a las pruebas, cada aspirante deberá rellenar dichas hojas siguiendo las
instrucciones, que serán objeto de lectura antes del comienzo de cada prueba y también se facilitarán por escrito en hoja
aparte.
La valoración de las pruebas psicotécnicas y médicas (d y e) se calificarán por el Tribunal de Selección como apta o no apta.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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