Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01544/2025)
Bases para la provisión de tres plazas de Agente de la Policía Local en el Ayuntamiento de Campanario
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Campanario
Anuncio 1544/2025
y en consecuencia la exclusión del o la aspirante del proceso de selección.
La calificación total de las pruebas físicas de la fase de oposición vendrá determinada por la media aritmética de las notas
obtenidas en cada una de ellas, debiendo alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar. En caso de no alcanzar dicha
puntuación mínima, la persona aspirante será declarada como no apta. Cuando lo estime pertinente y de forma aleatoria, el
Tribunal Calificador podrá realizar pruebas de consumo de sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes
o cualquier tipo de dopaje, según las normas del Consejo Superior de Deportes, destinados a aumentar la capacidad física o
a modificar los resultados de la prueba, eliminándose a quienes den positivo al consumo de dichas sustancias.
Para la realización de la prueba, los opositores y opositoras deberán presentarse con atuendo deportivo, y entregar al
Tribunal un certificado médico, en el que se haga constar que reúne las condiciones físicas precisas para realizar las
referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del o de la aspirante del
proceso selectivo.
En los supuestos de aquellas aspirantes que, por situación de embarazo o parto debidamente acreditado, no pudiesen
realizar las pruebas físicas, se aplicará lo previsto en la base séptima, apartado c, de la presente convocatoria.
El llamamiento de los y las aspirantes para la realización de las pruebas físicas, se realizará por riguroso orden alfabético del
primer apellido (A-Z), según se disponga en la correspondiente publicación de convocatoria del lugar, fecha y hora para la
realización de las mismas.
1.ª Prueba: Potencia de tren superior (lanzamiento de balón medicinal de 3 kg):
Descripción.
Se realizará en campo de deporte o en cualquier otro lugar que permita la medida exacta de la caída del balón. Se marcará
una línea en el suelo, que será paralela a la zona de lanzamiento. La persona aspirante se colocará frente a ésta sin pisarla,
con los pies separados, paralelos entre sí y a la misma altura.
El balón se sostendrá con ambas manos, por encima y detrás de la cabeza, y se lanzará desde esta posición para que caiga
dentro del sector de lanzamiento previsto.
No se levantarán los pies del suelo y no se tocará con ninguna parte del cuerpo el suelo por delante de la línea de
lanzamiento.
Constituirán lanzamientos nulos, cuando la persona aspirante:
a) Pise la línea.
b) No tenga las puntas de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento.
c) Sobrepase la línea o caiga en ella una vez ejecutado el lanzamiento con cualquier parte del cuerpo.
d) Haga el lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los dos pies, o arrastrando cualquiera
de los mismos hacia atrás.
Se permitirán dos intentos para alcanzar la marca y no podrán hacer uso de zapatillas de clavos.
Puntuación.
La puntuación de cada aspirante en esta prueba será la correspondiente conforme a las distancias señaladas en la siguiente
tabla:
Hombres turno libre
18-30
31-40
41-50
50 en adelante
1 punto
5,26
5,96
5,06
5,76
4,86
5,56
4,66
5,36
2 puntos
5,97
6,67
5,77
6,47
5,57
6,27
5,37
6,07
3 puntos
6,68
7,38
6,48
7,18
6,28
6,98
6,08
6,78
4 puntos
7,39
8,09
7,19
7,89
6,99
7,69
6,79
7,49
5 puntos
8,10
8,80
7,90
8,60
7,70
8,40
7,50
8,20
6 puntos
8,81
9,51
8,61
9,31
8,41
9,11
8,21
8,91
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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y en consecuencia la exclusión del o la aspirante del proceso de selección.
La calificación total de las pruebas físicas de la fase de oposición vendrá determinada por la media aritmética de las notas
obtenidas en cada una de ellas, debiendo alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar. En caso de no alcanzar dicha
puntuación mínima, la persona aspirante será declarada como no apta. Cuando lo estime pertinente y de forma aleatoria, el
Tribunal Calificador podrá realizar pruebas de consumo de sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes
o cualquier tipo de dopaje, según las normas del Consejo Superior de Deportes, destinados a aumentar la capacidad física o
a modificar los resultados de la prueba, eliminándose a quienes den positivo al consumo de dichas sustancias.
Para la realización de la prueba, los opositores y opositoras deberán presentarse con atuendo deportivo, y entregar al
Tribunal un certificado médico, en el que se haga constar que reúne las condiciones físicas precisas para realizar las
referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del o de la aspirante del
proceso selectivo.
En los supuestos de aquellas aspirantes que, por situación de embarazo o parto debidamente acreditado, no pudiesen
realizar las pruebas físicas, se aplicará lo previsto en la base séptima, apartado c, de la presente convocatoria.
El llamamiento de los y las aspirantes para la realización de las pruebas físicas, se realizará por riguroso orden alfabético del
primer apellido (A-Z), según se disponga en la correspondiente publicación de convocatoria del lugar, fecha y hora para la
realización de las mismas.
1.ª Prueba: Potencia de tren superior (lanzamiento de balón medicinal de 3 kg):
Descripción.
Se realizará en campo de deporte o en cualquier otro lugar que permita la medida exacta de la caída del balón. Se marcará
una línea en el suelo, que será paralela a la zona de lanzamiento. La persona aspirante se colocará frente a ésta sin pisarla,
con los pies separados, paralelos entre sí y a la misma altura.
El balón se sostendrá con ambas manos, por encima y detrás de la cabeza, y se lanzará desde esta posición para que caiga
dentro del sector de lanzamiento previsto.
No se levantarán los pies del suelo y no se tocará con ninguna parte del cuerpo el suelo por delante de la línea de
lanzamiento.
Constituirán lanzamientos nulos, cuando la persona aspirante:
a) Pise la línea.
b) No tenga las puntas de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento.
c) Sobrepase la línea o caiga en ella una vez ejecutado el lanzamiento con cualquier parte del cuerpo.
d) Haga el lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los dos pies, o arrastrando cualquiera
de los mismos hacia atrás.
Se permitirán dos intentos para alcanzar la marca y no podrán hacer uso de zapatillas de clavos.
Puntuación.
La puntuación de cada aspirante en esta prueba será la correspondiente conforme a las distancias señaladas en la siguiente
tabla:
Hombres turno libre
18-30
31-40
41-50
50 en adelante
1 punto
5,26
5,96
5,06
5,76
4,86
5,56
4,66
5,36
2 puntos
5,97
6,67
5,77
6,47
5,57
6,27
5,37
6,07
3 puntos
6,68
7,38
6,48
7,18
6,28
6,98
6,08
6,78
4 puntos
7,39
8,09
7,19
7,89
6,99
7,69
6,79
7,49
5 puntos
8,10
8,80
7,90
8,60
7,70
8,40
7,50
8,20
6 puntos
8,81
9,51
8,61
9,31
8,41
9,11
8,21
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