Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01544/2025)
Bases para la provisión de tres plazas de Agente de la Policía Local en el Ayuntamiento de Campanario
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Ayuntamiento de Campanario

Anuncio 1544/2025

factores somáticos, psicológicos y de las emociones, incompatibles con el desempeño o la adaptación a los
cometidos propios del servicio.
11.4. Trastornos del desarrollo intelectual que limiten el funcionamiento conceptual emocional, práctico o
social, incompatibles con las funciones del servicio o su adaptación al mismo (cociente intelectual inferior a
90). Así como cualquier otra patología que a criterio medico dificulte el desempeño de la labor policial.
12. Piel y faneras.
12.1 Cualquier enfermedad de la piel o anejos, alteración dermatológica, o cicatrizal que comprometa las
funciones a desempeñar o impida el uso de la uniformidad reglamentaria o, sus secuelas que afecten a la
movilidad.
12.2. Lesiones cutáneas que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o
limiten el desarrollo de las funciones del servicio, sean susceptibles de empeoramiento con el aumento de los
requerimientos operativos o precisen algún tipo de tratamiento específico y/o de larga duración difícilmente
compatible con las actividades propias del servicio.
12.3. Dermopatías activas contagiosas.
13. Sangre y órganos hematopoyéticos.
13.1. Enfermedades de la sangre o de los órganos hematopoyéticos, de la coagulación que, por su
importancia funcional o pronostica puedan limitar el ejercicio de las funciones propias del servicio o bien por
su evolución puedan verse agravadas por los cometidos propios de la actividad profesional.
13.2. Enfermedades o procesos inmunitarios que dificulten o limiten el desarrollo de las funciones propias del
servicio o que precisen algún tipo de tratamiento específico y/o de larga duración.
14. Enfermedades endocrinometabólicas.
14.1. Toda enfermedad metabólica de las glándulas endocrinas que limite, incapacite o presente un
pronóstico perjudicial para el ejercicio de las funciones propias del servicio.
14.2. Enfermedades endocrinometabólicas que produzcan alteraciones morfológicas o funcionales de
importancia pronóstica, o que limiten o impidan la realización plena de las funciones propias del servicio o
bien puedan verse agravadas por los requerimientos operativos propios de la actividad profesional.
14.3. Trastornos de la conducta alimentaria con repercusión funcional.
14.4. Alteraciones del estado nutricional que interfieran en el desempeño del servicio.
14.5. Tumores hipotalámicos e hipofisarios.
14.6. Hipofunciones de la corteza suprarrenal no controladas satisfactoriamente.
14.7. Hiperfunciones de la corteza suprarrenal no controladas satisfactoriamente.
15. Urogenital.
15.1. Enfermedades o alteraciones congénitas o adquiridas del aparato urinario que alteren o puedan alterar
el normal desarrollo de las actividades propias del servicio.
15.2. Anomalías en el desarrollo del riñón y vías excretoras que alteren la función urinaria.
15.3. Nefropatías médicas en cualquier fase evolutiva, clínica y analíticamente comprobadas.
15.4. Insuficiencia renal.
15.5. Nefroptosis.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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