Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01530/2025)
Bases reguladoras del programa de colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Don Benito para el año 2025
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 1530/2025

pago único, etc.), certificado emitido por la entidad pagadora de la prestación, de los miembros de la unidad
de convivencia mayores de 16 años.
i) Certificado de prestaciones o subsidios por desempleo, positivo o negativo, emitido por el SEPE, de los
miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
3. Los interesados deberán aportar la documentación justificativa de los ingresos percibidos por todos los miembros de la
unidad de convivencia en los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda (nóminas,
certificados…), salvo que esa documentación proceda de alguna administración pública y esté entre las indicadas en este
artículo, pudiendo ser recabada por el Ayuntamiento de Don Benito, con la autorización de los interesados.
4. Cuando en la solicitud se indique que algún miembro de la unidad de convivencia tiene reconocido un grado de
discapacidad igual o superior al 65% o tuviera reconocida la situación de dependencia, deberá aportarse copia compulsada
de la correspondiente resolución de reconocimiento o certificado. Si no se aportara, no se tendrá en cuenta tal circunstancia
a la hora de resolver.
5. Cuando en la solicitud se indique que se está afrontando el pago de un préstamo hipotecario sobre la vivienda habitual,
deberá aportarse fotocopia compulsada del contrato de préstamo (o certificado emitido por la entidad financiera) y de los
recibos de pago de los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. Si no se aportara esta documentación, no
se tendrá en cuenta tal circunstancia a la hora de resolver.
6. Cuando en la solicitud se indique que se está afrontando el pago de un alquiler sobre la vivienda habitual, deberá
aportarse fotocopia compulsada del contrato de alquiler y de los recibos de pago de los 3 meses inmediatamente anteriores
a la fecha de solicitud. Si no se aportara esta documentación, no se tendrá en cuenta tal circunstancia a la hora de resolver.
7. Cuando el solicitante haya estado empadronado durante el año en el que presente la solicitud en otro municipio de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, deberá aportar certificado del Ayuntamiento de ese municipio que indique si ha
percibido o no ayudas para suministros mínimos vitales, en caso de haberlas percibido, el certificado deberá indicar las
cantidades totales reconocidas y abonadas.
Artículo 5. Obligaciones de los solicitantes de las ayudas del Programa de colaboración económica municipal para
suministros mínimos vitales:
Los solicitantes de las ayudas para suministros mínimos vitales vendrán obligados a:
a) Permitir y facilitar la actuación de los servicios sociales de atención social básica y de la Concejalía de
Políticas Sociales, Familias e Igualdad del Ayuntamiento de Don Benito para comprobar el cumplimiento de
los requisitos para ser beneficiario de estas ayudas, aportando cuanta información o documentación les sea
requerida. Ayuntamiento de Don Benito.
b) Comunicar, en el plazo máximo de 10 días hábiles desde que se produzcan, los cambios en las
circunstancias económicas, de convivencia o de cualquier otro tipo que pudieran dar lugar a la denegación de
la ayuda o a la concesión de una cantidad máxima anual menor.
c) Solicitar con carácter previo cualesquiera otras prestaciones, subvenciones o ayudas a las que pudiera
tener derecho la persona solicitante o los restantes miembros de la unidad de convivencia.
d) Consentir la transmisión de sus datos a las entidades suministradoras para la tramitación y el pago de la
ayuda, respetándose lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva
95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
e) Acreditar estar acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en el suministro eléctrico y
haber solicitado el bono social ante la empresa comercializadora de referencia.
f) Los solicitantes, a requerimiento de la Concejalía de Políticas Sociales, Familias e Igualdad, estarán obligados
a acreditar, salvo en el caso del gas butano, que las facturas presentadas para ser abonadas por el
Ayuntamiento de Don Benito no han sido previamente abonadas en su totalidad.
Artículo 6. Convocatoria y plazo de presentación de solicitudes:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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