Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01239/2023)
Publicación del programa de colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales 2023
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 1239/2023

Si en la factura de suministro eléctrico emitida en fecha más reciente no apareciese aplicado el descuento por
bono social se deberá presentar, además, justificante de la solicitud del bono social ante la compañía
comercializadora.
2. Los interesados deberán aportar copia de los siguientes documentos sólo en caso de no autorizar a que
puedan ser consultados o recabados por parte del Ayuntamiento de Don Benito:
a) DNI en vigor, en el caso de ciudadanos españoles mayores de 14 años.
b) Documento de identidad o pasaporte en vigor de su Estado acompañado del certificado de inscripción en el
Registro de Ciudadanos de la Unión, en el caso de ciudadanos de otro Estado de la Unión Europea.
c) Tarjeta de residencia en vigor, en el caso de ciudadanos de Estados que no formen parte de la Unión
Europea.
d) Informe de vida laboral actualizado de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
e) Certificado de empadronamiento colectivo histórico o con fechas.
f) Certificado de pensiones, positivo o negativo, emitido por el INSS o, en el caso de ser beneficiario de
pensión no contributiva o del régimen de clases pasivas, certificado de la pensión emitido por la
Administración correspondiente, de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
g) En el caso de ser o haber sido perceptor de alguna prestación pública en los 3 meses inmediatamente
anteriores a la fecha de solicitud (maternidad, paternidad, incapacidad temporal, prestaciones familiares de
pago único, etc.), certificado emitido por la entidad pagadora de la prestación, de los miembros de la unidad
de convivencia mayores de 16 años.
h) Certificado de prestaciones o subsidios por desempleo, positivo o negativo, emitido por el SEPE, de los
miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
3. Los interesados deberán aportar la documentación justificativa de los ingresos percibidos por todos los
miembros de la unidad de convivencia en los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la
ayuda (nóminas, certificados…), salvo que esa documentación proceda de alguna Administración Pública y
esté entre las indicadas en este artículo, pudiendo ser recabada por el Ayuntamiento de Don Benito, con la
autorización de los interesados.
4. Cuando en la solicitud se indique que algún miembro de la unidad de convivencia tiene reconocido un
grado de discapacidad igual o superior al 65% o tuviera reconocida la situación de Dependencia, deberá
aportarse copia compulsada de la correspondiente resolución de reconocimiento o certificado. Si no se
aportara, no se tendrá en cuenta tal circunstancia a la hora de resolver.
5. Cuando en la solicitud se indique que se está afrontando el pago de un préstamo hipotecario sobre la
vivienda habitual, deberá aportarse fotocopia compulsada del contrato de préstamo (o certificado emitido por
la entidad financiera) y de los recibos de pago de los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de
solicitud. Si no se aportara esta documentación, no se tendrá en cuenta tal circunstancia a la hora de resolver.
6. Cuando en la solicitud se indique que se está afrontando el pago de un alquiler sobre la vivienda habitual,
deberá aportarse fotocopia compulsada del contrato de alquiler y de los recibos de pago de los 3 meses
inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. Si no se aportara esta documentación, no se tendrá en
cuenta tal circunstancia a la hora de resolver.
7. Cuando el solicitante haya estado empadronado durante el año en el que presente la solicitud en otro
municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deberá aportar certificado del Ayuntamiento de ese
municipio que indique si ha percibido o no ayudas para suministros mínimos vitales, en caso de haberlas
percibido, el certificado deberá indicar las cantidades totales reconocidas y abonadas.
Artículo 8. Procedimiento de concesión de las ayudas del Programa de colaboración económica municipal para suministros
mínimos vitales.
1. Las ayudas serán resueltas por orden de registro de entrada de la solicitud en el Registro del Ayuntamiento
de Don Benito, a partir del momento en el que estuviera completa.
2. Las propuestas de resolución serán elevadas al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Don Benito, que
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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