Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Orellana la Vieja. Delegación de Hacienda (Mérida). Secretaría General (Badajoz). (01443/2022)
Delegación de funciones
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Ayuntamiento de Orellana la Vieja
Anuncio 1443/2022
"Corresponde asimismo al Alcalde el nombramiento de los Tenientes de Alcalde."
Cuarto.- El artículo 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su apartados 3 y 4
dispone:
"3. Los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad,
al Alcalde, siendo libremente designados y revocados por éste de entre los miembros de la Comisión de Gobierno y, donde
ésta no exista, de entre los Concejales.
4. El Alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno y, donde
ésta no exista, en los Tenientes de Alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos,
pueda realizar en favor de cualesquiera Concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión."
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos precedentes, así como la documentación obrante en el
expediente, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que tiene legalmente conferida resuelve:
Primero.- Cesar a don Antonio Cabanillas Acero, Primer Teniente de Alcalde.
Segundo.- Designar como Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Orellana la Vieja a los siguientes
Concejales:
Doña Antonia García Álvarez, Primer Teniente de Alcalde.
Doña Gloria Sanz Ruiz, Tercer, Segundo Teniente de Alcalde.
Don Manuel Moreno Arenas, Tercer Teniente de Alcalde.
A los Tenientes de Alcalde nombrados, previa aceptación de su cargo, les corresponde en cuanto a tales,
sustituir al Alcalde-Presidente en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los
casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones.
Tercero.- Delegar de forma específica a favor de la Teniente de Alcalde doña Antonia García Álvarez el
cometido específico de gestión de las siguientes materias:
- Área de Acción Social:
Bienestar Social.
Integración Social.
Sanidad.
Seguridad y Protección Ciudadana (Servicios Sanitarios)
Juventud e Infancia.
Asociaciones: Mujer, EPAS, Vecinos Caritas, ONG´s, UNICEF, etc.
Consultas populares.
Servicio de Información y Orientación.
Servicio de Ayuda a Domicilio.
Servicio de Teleasistencia.
Servicio apoyo a las familias necesitadas.
Prestaciones económicas de emergencia.
Dinamizar el Hogar del Mayor.
Programas de Igualdad.
Escuela de Música.
- Área de Educación, Juventud e Infancia:
Programas contra el alcoholismo y la drogodependencia.
Campañas preventivas contra la violencia de Género.
Centro Día y Pisos Tutelados.
Coordinar la Mesa de la Salud.
Mantener relación con el Centro de Salud, Urgencias y Hospital Comarcal Don Benito-Villanueva.
Coordinar Programas de Salud y Prevención de Enfermedades.
Programas y Proyectos de: Juventud e Infancia.
Fomento de la igualdad y educación en valores.
Consejo local de participación infantil.
Convenio derecho de niño.
Objetivos ODS. Objetivos desarrollo sostenible
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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"Corresponde asimismo al Alcalde el nombramiento de los Tenientes de Alcalde."
Cuarto.- El artículo 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su apartados 3 y 4
dispone:
"3. Los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad,
al Alcalde, siendo libremente designados y revocados por éste de entre los miembros de la Comisión de Gobierno y, donde
ésta no exista, de entre los Concejales.
4. El Alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno y, donde
ésta no exista, en los Tenientes de Alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos,
pueda realizar en favor de cualesquiera Concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión."
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos precedentes, así como la documentación obrante en el
expediente, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que tiene legalmente conferida resuelve:
Primero.- Cesar a don Antonio Cabanillas Acero, Primer Teniente de Alcalde.
Segundo.- Designar como Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Orellana la Vieja a los siguientes
Concejales:
Doña Antonia García Álvarez, Primer Teniente de Alcalde.
Doña Gloria Sanz Ruiz, Tercer, Segundo Teniente de Alcalde.
Don Manuel Moreno Arenas, Tercer Teniente de Alcalde.
A los Tenientes de Alcalde nombrados, previa aceptación de su cargo, les corresponde en cuanto a tales,
sustituir al Alcalde-Presidente en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los
casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones.
Tercero.- Delegar de forma específica a favor de la Teniente de Alcalde doña Antonia García Álvarez el
cometido específico de gestión de las siguientes materias:
- Área de Acción Social:
Bienestar Social.
Integración Social.
Sanidad.
Seguridad y Protección Ciudadana (Servicios Sanitarios)
Juventud e Infancia.
Asociaciones: Mujer, EPAS, Vecinos Caritas, ONG´s, UNICEF, etc.
Consultas populares.
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Servicio de Ayuda a Domicilio.
Servicio de Teleasistencia.
Servicio apoyo a las familias necesitadas.
Prestaciones económicas de emergencia.
Dinamizar el Hogar del Mayor.
Programas de Igualdad.
Escuela de Música.
- Área de Educación, Juventud e Infancia:
Programas contra el alcoholismo y la drogodependencia.
Campañas preventivas contra la violencia de Género.
Centro Día y Pisos Tutelados.
Coordinar la Mesa de la Salud.
Mantener relación con el Centro de Salud, Urgencias y Hospital Comarcal Don Benito-Villanueva.
Coordinar Programas de Salud y Prevención de Enfermedades.
Programas y Proyectos de: Juventud e Infancia.
Fomento de la igualdad y educación en valores.
Consejo local de participación infantil.
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