Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Álvaro. Recursos Humanos (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01459/2022)
Bases reguladoras de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Don Álvaro para el año 2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Don Álvaro
Anuncio 1459/2022
De conformidad con las indicaciones efectuadas por la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familia de la Junta
de Extremadura los límites de ingresos para el ejercicio 2022 serán los siguientes:
LÍMITE DE INGRESOS 2022
IPREM 2022 (14 PAGAS): 8.106,28 EUROS
IPREM MENSUAL 2022 (14 PAGAS): 675,53 EUROS
N.º de miembros
% Iprem
Límite ingresos (€)
1
100%
675,55
2
108%
729,57
3
116%
783,61
4
124%
837,66
5
132%
891,70
6
140%
945,74
7
148%
999,78
8
156%
1.053,83
9
164%
1.107,87
10
172%
1.161,91
LÍMITE SI ALGÚN MIEMBRO TIENE 65% O MÁS DE DISCAPACIDAD O DEPENDENCIA
N.º de miembros
% Iprem
Límite ingresos (€)
1
110%
743,08
2
120%
810,64
3
130%
878,19
4
140%
945,74
5
150%
1.013,30
6
160%
1.080,85
7
170%
1.148,40
8
180%
1.215,95
9
190%
1.283,95
10
200%
1.351,06
3. Los requisitos establecidos en los párrafos a) y b) del apartado anterior solo serán exigibles a la persona miembro de la
unidad de convivencia solicitante de la ayuda.
4. Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la unidad de
convivencia:
a) La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal,
establecidas en los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
b) La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad y que esté
afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65% de discapacidad.
c) Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las administraciones públicas.
d) Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se
obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional.
5. No podrá concederse esta ayuda a quienes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Anuncio 1459/2022
De conformidad con las indicaciones efectuadas por la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familia de la Junta
de Extremadura los límites de ingresos para el ejercicio 2022 serán los siguientes:
LÍMITE DE INGRESOS 2022
IPREM 2022 (14 PAGAS): 8.106,28 EUROS
IPREM MENSUAL 2022 (14 PAGAS): 675,53 EUROS
N.º de miembros
% Iprem
Límite ingresos (€)
1
100%
675,55
2
108%
729,57
3
116%
783,61
4
124%
837,66
5
132%
891,70
6
140%
945,74
7
148%
999,78
8
156%
1.053,83
9
164%
1.107,87
10
172%
1.161,91
LÍMITE SI ALGÚN MIEMBRO TIENE 65% O MÁS DE DISCAPACIDAD O DEPENDENCIA
N.º de miembros
% Iprem
Límite ingresos (€)
1
110%
743,08
2
120%
810,64
3
130%
878,19
4
140%
945,74
5
150%
1.013,30
6
160%
1.080,85
7
170%
1.148,40
8
180%
1.215,95
9
190%
1.283,95
10
200%
1.351,06
3. Los requisitos establecidos en los párrafos a) y b) del apartado anterior solo serán exigibles a la persona miembro de la
unidad de convivencia solicitante de la ayuda.
4. Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la unidad de
convivencia:
a) La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal,
establecidas en los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
b) La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad y que esté
afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65% de discapacidad.
c) Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las administraciones públicas.
d) Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se
obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional.
5. No podrá concederse esta ayuda a quienes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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