Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (01428/2022)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Oficial de la Policía Local mediante el sistema de concurso oposición por promoción interna
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Ayuntamiento de Almendralejo

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Séptima.- Procedimiento de selección.
Se efectuará por el procedimiento de concurso-oposición por promoción interna que constará de tres fases que se citan a
continuación:
a) Fase de oposición, que consistirá en la superación sucesiva de cuatro pruebas selectivas que serán
obligatorias para todos los aspirantes y tendrán carácter eliminatorio. Para la realización de un ejercicio se
precisará haber superado el anterior.
b) Fase de concurso de méritos, que consistirá en la calificación, por el Tribunal, de los méritos alegados y
debidamente acreditados por los aspirantes conforme a lo dispuesto por estas bases.
c) Curso selectivo de promoción de categoría a superar en la Academia de la Seguridad Pública de
Extremadura.
Octava.- Fase de concurso.
La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la calificación, por el
Tribunal, de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes, referidos a la fecha de terminación del
plazo de presentación de instancias. Se valorarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
1.º.- Experiencia profesional. La valoración máxima del apartado de experiencia profesional será de 2 puntos.
Por servicios prestados en los Cuerpos de la Policía Local en la categoría de Agente. Por cada año o fracción
superior a seis meses, a contar a partir de los dos años exigidos como requisito para participar en esta
convocatoria, 0,20 puntos.
Para acreditar este mérito se deberá presentar certificado de servicios prestados emitido por el órgano
competente de la Administración donde se hubieren prestado, con indicación del puesto desempeñado, la
naturaleza jurídica de la relación de servicios y el tiempo de su duración. Además se deberá acompañar vida
laboral, como documento complementario del anterior, sin que sirva por si sola para valorar los méritos
aducidos.
2.º.- Por formación. La valoración máxima de este apartado, de formación será de 2 puntos.
a) Por cursos de formación recibidos en centros docentes policiales, en la Academia de Seguridad Pública de
Extremadura u otros centros oficiales, sobre materias relacionadas con el perfil del puesto al que se opta y
que hayan podido redundar en beneficio del perfeccionamiento profesional, a excepción de los obligatorios
para adquirir la condición de personal funcionario de cualquier categoría de los Cuerpos y Fuerzas de
Seguridad, mediante certificación expedida por tales centros u organismos, se valorarán a razón de 0,10
puntos por cada veinte horas lectivas hasta un máximo de 1 punto.
Los cursos de idéntica temática puntuarán una sola vez, aunque se valorará, en el caso de no contar con el
mismo número de horas, el de mayor puntuación. En los que no esté especificado el número de horas no se
considerarán para su valoración.
Las certificaciones universitarias sobre asignaturas, cursos, seminarios y conferencias, todos ellos
relacionados con la carrera policial, designados en créditos, deberán constar con su equivalencia en horas.
Siendo solo puntuable en el caso de que no se puntué la titulación universitaria en el apartado b) siguiente.
Aquellos cursos cuya fecha de realización tenga una antigüedad superior a los 15 años, inmediatamente
anteriores a la de finalización del plazo de presentación de instancias para la convocatoria de la plaza a la que
se opta, se valorarán igualmente en la mitad respectivamente.
b) Por titulación superior a la requerida. Por poseer o haber abonado los derechos para la obtención de un
titulo distinto al exigido para participar en esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
– Título de Diplomado Universitario: 0,45 puntos.
– Título de Ingeniero, Arquitecto, Licenciado o Grado: 0,60 puntos.
– Título de Máster Universitario: 0,75 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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