Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (01428/2022)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Oficial de la Policía Local mediante el sistema de concurso oposición por promoción interna
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 1428/2022

manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos que se recogen en la base
segunda, y que se comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del
cargo con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la constitución como norma fundamental del Estado, como
se recoge en el anexo I a esta convocatoria. A la instancia se acompañarán los siguientes documentos:
a) Comprobante o justificante acreditativo del pago de los correspondientes derechos de examen.
b) Se deberá acompañar, en su caso, la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen para la fase
de concurso, de acuerdo con lo dispuesto en estas bases. Los documentos presentados para acreditar los
méritos serán originales o copias compulsadas exclusivamente por los Servicios Administrativos del registro
donde se presente la solicitud. La falta de acreditación de dichos méritos no supondrá causa de exclusión al
proceso selectivo, suponiendo, únicamente, su no valoración.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a
instancia de parte interesada.
En la página web www.almendralejo.es estará disponible un modelo de instancia.
2.º.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en
el registro general de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; en este caso la parte interesada deberá adelantar, dentro del plazo de presentación de solicitudes,
un fax con la copia de la solicitud que se presente a través de estos medios.
Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo, se
presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por Correos antes de ser certificadas dentro del
plazo de presentación de instancias. Solo en este caso se entenderán que las instancias han tenido entrada en
el registro general del Ayuntamiento en la fecha en la que fueron entregadas en Correos.
3.º.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del
siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado,
una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de
la convocatoria también se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.º.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 12,02 euros conforme dispone la vigente
Ordenanza fiscal número 29, deberán hacerse efectivos a través de la correspondiente autoliquidación.
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los
derechos de examen en el plazo previsto para la presentación de instancias.
A las personas excluidas definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
1.º.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la AlcaldíaPresidencia dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos. La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web www.almendralejo.es, contendrá la relación
alfabética de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión de estos. Si no existiesen
reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de nueva
publicación.
2.º.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá a
la persona interesada para que en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la resolución en el BOP, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con
apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más trámite y será excluida de la lista
de aspirantes admitidas. Se concederá idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas,
serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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