Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura (Badajoz). (4088/2020)
Relación de ayuntamientos que han firmado convenios de encomienda en materia de protección de la legalidad urbanística del Ayuntamiento
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Área de Fomento

Anuncio 4088/2020

mismo al Ayuntamiento.
i) En virtud del artículo 11 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública la entidad
encomendada tiene la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los que
pudiera tener acceso en la ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación a dichos datos y su
tratamiento lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal, y así se hará constar en
los expedientes comunicándoselo a los interesados en la primera notificación que por parte de la Diputación
de Badajoz se les efectúe, y utilizando como modelo el que se adjunta en el anexo I.
j) En cuanto a los informes jurídicos preceptivos en la tramitación de los procedimientos administrativos, se
elaborará el correspondiente para cada tipo de procedimiento en el que se informe sobre el cumplimiento de
la normativa y del proceso adecuado, a cada situación, que formará por tanto parte del expediente. El
mencionado expediente será modificado en el caso de aplicación de nueva normativa, ya sea de
procedimiento o sustantiva.
k) El municipio tiene derecho a ser informado sobre el estado de tramitación de sus procedimientos así como
a que se tomen en consideración las instrucciones que puedan darse respecto a dicha tramitación,
instrucciones que deberán efectuarse siempre por escrito.
l) La asistencia mediante la presente encomienda conlleva el compromiso por parte del Ayuntamiento de
facilitar, con la diligencia debida, la documentación, y realizar cuantas actuaciones se les requieran desde el
Servicio de Urbanismo para la tramitación de los correspondientes procedimientos administrativos, al fin de
no incurrir en las responsabilidades administrativas que establece el artículo.
Quinta.- Protección de datos de carácter personal.
En la prestación de las funciones de este convenio por el personal técnico de la Diputación de Badajoz y del propio
Ayuntamiento se cumplirá con el artículo 14 del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas, en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos y por lo se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos).
En virtud del artículo 11 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública la entidad encomendada
tiene la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en la
ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación a dichos datos y su tratamiento lo dispuesto en la normativa
de protección de datos de carácter personal, y así se hará constar en los expedientes comunicándoselo a los interesados en
la primera notificación que por parte de la Diputación de Badajoz se les efectúe, y utilizando como modelo el que se adjunta
en el anexo I.
Sexta.- Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de ejecución del convenio.
La Diputación de Badajoz se compromete a enviar al municipio, a principios de cada anualidad, un extracto detallados de la
situación de los expedientes encomendados; no obstante, el municipio podrá solicitar formalmente información sobre la
situación de los mismos en cualquier momento.
Para garantizar la correcta ejecución y el seguimiento de la ejecución de este convenio se constituirá una Comisión de
Dirección y Seguimiento, regulada en el artículo 23.7 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía
Municipal de Extremadura.
La Comisión se integra por los siguientes miembros:

Miembros:

En representación de:

Secretario del Ayuntamiento, o persona en la que delegue

Ayuntamiento

Concejal de Urbanismo, o persona en la que delegue

Ayuntamiento

Jefatura de Servicio de Urbanismo y Vivienda, o persona en la que delegue

Diputación de Badajoz

Jefatura de Sección Jurídica de convenios, o persona en la que delegue.

Diputación de Badajoz

Sus funciones serán las de resolver cuantas cuestiones pueda plantear la interpretación y el cumplimiento del presente
convenio, así como las de llevar a cabo el seguimiento de la normal ejecución de las actuaciones previstas en el mismo,
determinando los criterios y modos para posibilitar la mutua información y adecuado cumplimiento de los compromisos
respectivos.
Durante la vigencia del convenio y a propuesta de cualquiera de las partes, la comisión se reunirá previa convocatoria,
siempre que lo requiera la buena marcha de los trabajos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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