Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura (Badajoz). (4087/2020)
Relación de ayuntamientos que han firmado convenios de encomienda en defensa de los bienes de dominio público de las entidades locales
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Área de Fomento

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Fomento
Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura
Badajoz
Anuncio 4087/2020
Relación de ayuntamientos que han firmado convenios de encomienda en defensa de los bienes de dominio público de las
entidades locales

Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, se publica que las siguientes entidades locales de la provincia de Badajoz han formalizado con la Diputación
Provincial Convenio de Encomienda de Gestión a la Diputación de Badajoz para la tramitación de los procedimientos para el
ejercicio de las potestades administrativas en defensa de los bienes de dominio público de las entidades locales, cuyo texto
normalizado se aprobó en sesión plenaria de la Diputación Provincial de Badajoz de fecha 29 de noviembre de 2019, así
como por el Pleno de las entidades suscriptoras en la fecha de las que de cada una se especifica, y que se incorpora como
anexo I a la presente resolución.
RELACIÓN DE ENTIDADES:

Municipio

Dominio público

Acuerdo de Pleno

Alange

SI

02-10-2020

Burguillos del Cerro

SI

25-09-2020

Para general conocimiento y efectos jurídicos oportunos.
En Badajoz, a 5 de octubre de 2020.- El Presidente, Miguel Ángel Gallardo Miranda.- Doy fe, el Secretario General, José María
Cumbres Jiménez.
_____________
ANEXO I
Convenio de encomienda de gestión a la Diputación de Badajoz para la tramitación de los procedimientos para el ejercicio
de las potestades administrativas en defensa de los bienes de dominio público de las entidades locales del Ayuntamiento
de__________________.

En Badajoz, a____ de_________ de dos mil____.

REUNIDOS
De una parte, don Miguel Ángel Gallardo Miranda, Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, en representación de
esta institución y actuando especialmente autorizado para la firma del presente convenio por el acuerdo plenario de fecha
__/___/2019 y en virtud de lo dispuesto en el artículo 34.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, modificada por Ley 11/1999, de 21 de abril.
Y de otra parte,______________________, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de____________, en la representación que ostenta
en virtud del artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y autorizado para
suscribir el presente convenio por el acuerdo del pleno de fecha __/__/2019.
Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal suficiente y necesaria para este acto, y:
EXPONEN:
Primero.- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local en su artículo 82 atribuye a las entidades
locales gozan, respecto de sus bienes, de las siguientes prerrogativas de recuperar por sí mismas su posesión en cualquier
momento cuando se trate de los de dominio público, y en el plazo de un año, los patrimoniales y de deslinde, que se
ajustará a lo dispuesto en la legislación del Patrimonio del Estado y, en su caso, en la legislación de los montes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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