Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura (Badajoz). (4089/2020)
Bases para la provisión de dos plazas de Agentes de la Policía Local de Mérida por movilidad
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Recursos Humanos

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Ayuntamiento de Mérida.- Plaza de España, 1.- 06800. Mérida. (Badajoz). La presentación de solicitudes podrá realizarse en
el Registro General de este Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se envíen por correo postal se
presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por la persona funcionaria de correos antes de su certificación.
3.3. Las personas aspirantes deberán manifestar en la solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en
los términos que se recogen en la base segunda.
3.4. En las solicitudes, las personas aspirantes deberán acompañar la siguiente documentación:
a) DOC. 1) Fotocopia del DNI.
b) DOC. 2) Declaración de la persona aspirante, en la que, de conformidad con lo establecido por el artículo 69
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y en los términos y con los efectos jurídicos de dicho precepto, manifiesta bajo su responsabilidad, que
cumple con los requisitos establecidos en las Bases de la Convocatoria y en la normativa vigente para el
acceso a la Función Pública de Policía Local del Ayuntamiento de Mérida, y se compromete a poner a
disposición de la Administración Municipal, dicha documentación cuando sea requerido al efecto.
c) DOC. 3) Certificado expedido por el Secretario o Secretaria del Ayuntamiento de procedencia, en el que se
especifique que el aspirante ha permanecido en situación administrativa de servicio activo en dicho
Ayuntamiento como Agente, indicando asimismo desde qué fecha.
d) DOC. 4) Curriculum Vitae referido únicamente a los méritos alegados, acompañado de fotocopia
compulsada de los documentos acreditativos de los méritos alegados en la fase de concurso. A tales efectos,
se deberá presentar debidamente encuadernado y numerado con inclusión de un índice.
e) DOC. 5) Certificado de empadronamiento en Mérida de las personas que, en su caso, motiven el mérito de
"Agrupación/conciliación de la vida familiar y laboral", según se determina en el epígrafe correspondiente, así
como documentación acreditativa de las circunstancias referidas a este mérito. (Tales como certificados de
minusvalía, informes médicos, etc.).
f) DOC. 6) Certificado oficial Médico, con las siguientes tres condiciones:
f.1. Este certificado médico deberá ser cumplimentado, sellado y firmado por un médico colegiado
competente.
f.2. La fecha del certificado deberá tener una fecha con una antigüedad máxima de dos (2) meses antes de la
fecha de la publicación en el BOP.
f.3. El contenido debe constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y de salud
necesarias para el ejercicio de la función policial.
3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del
anuncio de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubieran publicado íntegramente las bases en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en su sede electrónica https://sede.merida.es o en la página web municipal
http://merida.es
3.6. Las personas aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en el apartado 3.5 de la base tercera,
para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
CUARTA. ADMISIÓN DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Concejal Delegado de Recursos Humanos, dictará Resolución
declarando aprobada la lista provisional de admitidas, así como la de excluidas. Dicha Resolución se publicará en su sede
electrónica https://sede.merida.es o en la página web municipal http://merida.es , junto con la relación de las personas
aspirantes excluidas y causas que han motivado su exclusión.
4.2. Las personas aspirantes excluidas, así como las personas omitidas en ambas relaciones, dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional de admitidas y excluidas, para subsanar
los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de las relaciones de admitidas y excluidas. Las personas aspirantes
que, dentro del plazo señalado, no subsanasen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en
la relación de admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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