Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Área de Fomento. Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura (Badajoz). (2407/2020)
Bases para la provisión, por el sistema de acceso de turno libre y el sistema de selección de oposición, de dos plazas de Agente de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Castuera
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Castuera

Anuncio 2407/2020

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Castuera
Castuera (Badajoz)
Anuncio 2407/2020
Bases para la provisión, por el sistema de acceso de turno libre y el sistema de selección de oposición, de dos plazas de
Agente de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Castuera

BASES PARA LA PROVISIÓN DE DOS PLAZAS DE AGENTES DE POLICÍA LOCAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASTUERA
(BADAJOZ)
Por resolución de la Alcaldía-Presidencia del día de la fecha, se ha dispuesto convocar pruebas selectivas para la provisión,
por el sistema de acceso de turno libre y el sistema de selección de oposición, de dos (2) plazas de Agente de la Policía Local,
encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica,
categoría Agente, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Castuera (Badajoz) conforme a lo
dispuesto en el presupuesto general de la Corporación de 2019 prorrogado al 2020, (BOP n.º 248 de fecha 31-12-2019
rectificado en el BOP n.º 121 de fecha 16 de junio de 2020) conforme a las siguientes bases:
BASES PARA LA PROVISIÓN, POR EL SISTEMA DE ACCESO DE TURNO LIBRE Y EL SISTEMA DE SELECCIÓN DE OPOSICIÓN, DE
DOS PLAZAS DE AGENTES DE LA POLICÍA LOCAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL
AYUNTAMIENTO DE CASTUERA
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de acceso de turno libre y el sistema de selección de
oposición, de dos (2) plazas de Agente de la Policía Local, encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala de
Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica, categoría Agente, vacantes en la plantilla de personal funcionario del
Ayuntamiento de Castuera, conforme al presupuesto general de la Corporación de 2019 prorrogado al 2020.
1.2. El ingreso conllevará la adscripción a los correspondientes puestos de trabajo de personal funcionario, con las
características, condiciones de dedicación específicas, funciones, dependencia jerárquica y restantes determinaciones que
corresponden a estos puestos.
1.3. Las plazas están dotadas con las retribuciones básicas correspondientes al grupo C, subgrupo C1, según el artículo 76
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, y el artículo 12.3 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de
los Policías Locales de Extremadura; y demás retribuciones complementarias asignadas a los puestos a los que se adscriban,
conforme a la vigente legislación y a lo que la Corporación tenga acordado o pueda acordar.
1.4. Estarán, además, sujetas a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
1.5. Corresponderá a los titulares de las plazas objeto de la presente convocatoria, una vez provistos los puestos
correspondientes, el desempeño de las funciones contempladas para esta categoría en las Normas-Marco de los Policías
Locales de Extremadura.
1.6. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación, en lo no previsto en estas bases, la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de las Disposiciones Vigentes en Materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el
que se establecen las normas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de la Administración local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de
la función pública; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura; el Decreto 218/2009,
de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura; la Orden de 14 de
septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas mínimos a los que han de ajustarse las bases de las
convocatorias realizadas por las entidades locales para el ingreso, promoción y movilidad en los Cuerpos de la Policía Local y
Auxiliares de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el
que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura; siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y demás normas
concordantes de aplicación.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 14