Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Área de Fomento. Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura (Badajoz). (2407/2020)
Bases para la provisión, por el sistema de acceso de turno libre y el sistema de selección de oposición, de dos plazas de Agente de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Castuera
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Castuera
Anuncio 2407/2020
Tema 9. Normas sobre bebidas alcohólicas; normas sobre estupefacientes y sustancias psicotrópicas, según el Reglamento
General de Circulación.
Tema 10. El Reglamento General de Vehículos. Normas generales. Matriculación de vehículos. Normas generales y
documentación.
Tema 11. El Reglamento General de Conductores. Permisos de conducción: concepto y clases. Requisitos para la obtención.
Canjes de permisos. Revisión periódica de los permisos de conducción. Duplicados. Licencia de conducción.
Tema 12. El procedimiento sancionador en materia de tráfico. Infracciones y sanciones. Responsabilidad.
Tema 13. Normativa reguladora sobre paradas y estacionamientos. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.
Limitaciones a la circulación.
Tema 14. La inspección técnica de vehículos: Ámbito de aplicación. Frecuencia de las inspecciones. Organismos encargados.
La inspección técnica periódica. La actuación de los agentes de la autoridad.
Tema 15. El accidente de tráfico. Definición, tipos, causas y clases de accidentes. Fases de la intervención policial en el
accidente. El atestado de tráfico: su contenido y tramitación.
_________________
ANEXO IV
PRUEBA DE RECONOCIMIENTO MÉDICO. CUADRO DE EXCLUSIONES.
1.º.- Con carácter previo se realizará la práctica de la talla y medidas antropométricas, emitiéndose certificado por el
facultativo competente.
2.º.- Posteriormente, se realizará el reconocimiento médico con sujeción al siguiente cuadro, que garantizará la idoneidad
física y psíquica del opositor para la función policial a desempeñar:
1. Exclusiones médicas de carácter general:
Defectos físicos, congénitos o adquiridos, de cualquier tipo y localización, que menoscaben o dificulten la función
pública y las realizaciones específicas del puesto a que opta, aunque sea parcialmente.
Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre las realizaciones
específicas del puesto a que opta, aunque sea parcialmente.
2. Exclusiones médicas de carácter específico:
Ojo y visión: Agudeza visual espontánea remota inferior a 1/2 (un medio) en el ojo peor y 2/3 (dos tercios) en el otro,
según la escala de Wecker; hemianopsias; discromatopsias; desprendimiento de retina; estrabismo.
Oído y audición: Sordomudez; agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35
decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.
Varices o insuficiencia venosa periférica, que puedan afectar al desarrollo de sus funciones.
3. Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten la realización del servicio encomendado o puedan agravarse a
juicio del Tribunal médico con el puesto de trabajo (amputaciones de manos, pies o sus dedos, retracciones o limitaciones
funcionales de tipo muscular, ósea o articular, pie plano, defectos de la estática de la columna vertebral).
4. Otras exclusiones:
4.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que
puedan agravarse, a juicio del Tribunal médico, con el desempeño del puesto de trabajo (patología ósea de extremidades,
retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos,
musculares y articulares).
4.2. Aparato digestivo: Úlcera gastroduodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte el
desempeño del puesto de trabajo.
4.3. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 12 de 14
Anuncio 2407/2020
Tema 9. Normas sobre bebidas alcohólicas; normas sobre estupefacientes y sustancias psicotrópicas, según el Reglamento
General de Circulación.
Tema 10. El Reglamento General de Vehículos. Normas generales. Matriculación de vehículos. Normas generales y
documentación.
Tema 11. El Reglamento General de Conductores. Permisos de conducción: concepto y clases. Requisitos para la obtención.
Canjes de permisos. Revisión periódica de los permisos de conducción. Duplicados. Licencia de conducción.
Tema 12. El procedimiento sancionador en materia de tráfico. Infracciones y sanciones. Responsabilidad.
Tema 13. Normativa reguladora sobre paradas y estacionamientos. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.
Limitaciones a la circulación.
Tema 14. La inspección técnica de vehículos: Ámbito de aplicación. Frecuencia de las inspecciones. Organismos encargados.
La inspección técnica periódica. La actuación de los agentes de la autoridad.
Tema 15. El accidente de tráfico. Definición, tipos, causas y clases de accidentes. Fases de la intervención policial en el
accidente. El atestado de tráfico: su contenido y tramitación.
_________________
ANEXO IV
PRUEBA DE RECONOCIMIENTO MÉDICO. CUADRO DE EXCLUSIONES.
1.º.- Con carácter previo se realizará la práctica de la talla y medidas antropométricas, emitiéndose certificado por el
facultativo competente.
2.º.- Posteriormente, se realizará el reconocimiento médico con sujeción al siguiente cuadro, que garantizará la idoneidad
física y psíquica del opositor para la función policial a desempeñar:
1. Exclusiones médicas de carácter general:
Defectos físicos, congénitos o adquiridos, de cualquier tipo y localización, que menoscaben o dificulten la función
pública y las realizaciones específicas del puesto a que opta, aunque sea parcialmente.
Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre las realizaciones
específicas del puesto a que opta, aunque sea parcialmente.
2. Exclusiones médicas de carácter específico:
Ojo y visión: Agudeza visual espontánea remota inferior a 1/2 (un medio) en el ojo peor y 2/3 (dos tercios) en el otro,
según la escala de Wecker; hemianopsias; discromatopsias; desprendimiento de retina; estrabismo.
Oído y audición: Sordomudez; agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35
decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.
Varices o insuficiencia venosa periférica, que puedan afectar al desarrollo de sus funciones.
3. Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten la realización del servicio encomendado o puedan agravarse a
juicio del Tribunal médico con el puesto de trabajo (amputaciones de manos, pies o sus dedos, retracciones o limitaciones
funcionales de tipo muscular, ósea o articular, pie plano, defectos de la estática de la columna vertebral).
4. Otras exclusiones:
4.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que
puedan agravarse, a juicio del Tribunal médico, con el desempeño del puesto de trabajo (patología ósea de extremidades,
retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos,
musculares y articulares).
4.2. Aparato digestivo: Úlcera gastroduodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte el
desempeño del puesto de trabajo.
4.3. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 12 de 14