Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (2289/2020)
Extracto de la convocatoria de ayudas económicas extraordinarias para hacer frente a la situación de vulnerabilidad económica y social en que se encuentran personas o familias residentes en el T.M. de Badajoz, como consecuencia del COVID-19
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Ayuntamiento de Badajoz

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
Anuncio 2289/2020
Extracto de la convocatoria de ayudas económicas extraordinarias para hacer frente a la situación de vulnerabilidad
económica y social en que se encuentran personas o familias residentes en el T.M. de Badajoz, como consecuencia del
COVID-19

ACUERDO DEL CONSEJO RECTOR DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES DE BADAJOZ (EN ADELANTE, IMSS), DE
FECHA 29 DE JUNIO DE 2020 POR LA QUE SE APRUEBA UNA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS EXTRAORDINARIAS
POR UN IMPORTE MÁXIMO DE 1.016.000,00 EUROS, PARA HACER FRENTE A LA SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD
ECONÓMICA Y SOCIAL EN QUE SE ENCUENTRAN PERSONAS O FAMILIAS RESIDENTES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE
BADAJOZ, COMO CONSECUENCIA DE LA CRISIS DE EMERGENCIA SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19.
BDNS (Identif.): 513.379
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones:
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)
Primero.- Beneficiarios:
Personas que estén empadronadas y residan legal y efectivamente en Badajoz y reúnan los requisitos generales
establecidos en el punto VI de la convocatoria y, en su caso, los específicos contenidos en el punto VII de la misma.
Segundo.- En función de los gastos a cuya satisfacción van dirigidas, se distinguen tres principales líneas de ayudas:
Línea 1.- Ayudas económicas de pago único y/o fraccionado, dirigidas a satisfacer las necesidades básicas de
la vida diaria y otras necesidades de carácter excepcional, hasta un importe máximo de 1.000,00 euros por
unidad de convivencia, repartidos de la forma establecida en el punto II, apartado 1.1 de la convocatoria.
Línea 2.- Ayudas económicas de pago único y/o fraccionado para satisfacer necesidades de carácter
habitacional: alquiler de vivienda o pago de hipoteca de vivienda que constituya el domicilio habitual de la
persona solicitante y su unidad de convivencia por un importe máximo de hasta 1.200,00 euros por unidad
de convivencia.
Línea 3.- Ayudas económicas de pago único y/o fraccionado para hacer frente a la conciliación de la vida
laboral y familiar, por un importe máximo de hasta el 90% del coste de los gastos a los que van destinadas,
distinguiéndose:
1.3.1.a).- Ayudas para las nuevas contrataciones de trabajadores/as para el cuidado de menores hasta
12 años y/o personas dependientes que no estuvieran atendidas por el sistema de atención a la
dependencia y/o Servicio Municipal de Ayuda a Domicilio o no hubieran sido aún valoradas por no
haber transcurrido el tiempo suficiente de acceso a dichos recursos.
1.3.1.b).- Ayudas para afrontar los gastos derivados de la asistencia a guarderías, centros educativos,
campamentos de menores u otros espacios que atiendan a menores de 0 a 12 años, hasta un máximo
de 270,00 euros niño/mes.
Tercero.- Bases reguladoras:
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz (OGS Ayto. Badajoz), que establece las Bases
Reguladoras de todas las subvenciones otorgadas por éste y que fue aprobada por acuerdo de Pleno de fecha 3 de
noviembre de 2008, publicado en el BOP de Badajoz número 21, de fecha 2 de febrero de 2009.
Cuarto.- Cuantía:
Esta convocatoria de ayudas tiene una dotación total máxima de 1.016.000,00 euros, repartidos del siguiente modo:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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