Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (2363/2020)
Bases específicas reguladoras de la convocatoria de ayudas a autónomos y pequeñas empresas para la instalaciones en sus locales de atención al público, de medidas de protección frente al COVID-19
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad

Anuncio 2363/2020

ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
Badajoz
Anuncio 2363/2020
Bases específicas reguladoras de la convocatoria de ayudas a autónomos y pequeñas empresas para la instalaciones en sus
locales de atención al público, de medidas de protección frente al COVID-19

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y EMPRESAS,
DESTINADAS A LA IMPLANTACIÓN EN SUS INSTALACIONES O LOCALES DE ATENCIÓN A SUS CLIENTES, DE MEDIDAS DE
PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN FRENTE AL COVID-19
AÑO 2020
Decreto. En Badajoz, a 2 de julio de 2020.
El Consejo de Ministros, en sesión celebrada el pasado 14 de marzo, acordó declarar el estado de alarma para la gestión de
la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, estado que ha sido prorrogado hasta en cinco ocasiones desde aquella fecha.
Tal declaración y los posteriores acuerdos del Gobierno al respecto, han supuesto la suspensión temporal de las actividades
de muchos trabajadores autónomos y empresas y, los que no se han visto obligados a ello, una reducción muy considerable
de sus ingresos derivada, entre otros factores, por las restricciones a la movilidad de las personas, impuesta también por el
estado de alarma.
El pasado 28 de abril, tras una mejora relativa en la evolución de los parámetros que se analizan en el control de la evolución
de la pandemia, el Gobierno aprueba un plan de desescalada para la recuperación social y económica, plan que se diseña
para una transición a la normalidad, gradual y asimétrica, fijando la provincia como la entidad territorial de referencia.
La provincia de Badajoz se encuentra actualmente en la fase 3 de la desescalada, en la que ya se permite, entre otras
medidas, la apertura del comercio minorista, pero con restricciones de aforo y bajo estrictas condiciones de seguridad para
evitar la propagación de la pandemia, lo que significa que deben proteger tanto a los potenciales clientes de esos negocios
como a sus propios trabajadores.
Ese tipo de medidas de prevención y protección contra el COVID-19 en las instalaciones o locales de venta al público del
comercio minorista, pueden resumirse principalmente, dada la forma en la que se transmite el virus, en equipos o
elementos que produzcan un efecto barrera entre los clientes o entre estos y los trabajadores.
Pero tales medidas, que, de forma tácita o expresa, son un requisito o condición en la desescalada, para la reapertura de los
negocios minoristas, conllevan un coste que, dada la falta total o muy considerable de ingresos de los trabajadores
autónomos y pequeñas empresas desde la declaración del estado de alarma, les resulta difícil asumir en estos momentos, al
igual que cualquier otro gasto.
Por ello, Diputación ha acordado establecer una línea de ayudas dirigida a esos colectivos, que reúnan determinadas
condiciones y enfocadas a facilitarles sufragar los costes de la implantación efectiva de esas medidas, de modo que pueden
reiniciar sus actividades en pro de sus propios intereses, el de sus trabajadores y, en definitiva, el del territorio provincial
donde desarrollen las mismas.
En cuanto a las condiciones para acceder a esta línea de ayudas, se establecen, principalmente, por razones
presupuestarias, dada la gran cantidad de autónomos y empresas afectadas, y porque no todos los tipos de actividades o
negocios lo han sido en la misma medida por la crisis. Por consiguiente, Diputación ha decidido constreñir esta línea a los
situados en los pequeños municipios de nuestro territorio y cuyos negocios requieran de un trato directo y presencial entre
el autónomo o empresa y el público en general.
Tal decisión no puede considerarse aisladamente como única respuesta de Diputación a la actual situación de esos sectores
concretos, sino que está encuadrada en un plan mucho más amplio y diverso, el Plan Diputación Suma +, con el que esta
entidad pretende colaborar ampliamente en la reactivación económica y social de toda la provincia de Badajoz, en respuesta
al escenario excepcional en que nos encontramos derivado de la crisis sanitaria y subsiguiente declaración del estado de
alarma.
Todo ello puede enmarcarse dentro de las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a las diputaciones y, en concreto, con lo que dispone el apartado d) en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 11