Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (2294/2020)
Bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de Técnico/a Auxiliar Audiovisual
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

Anuncio 2294/2020

lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original cuando se considere
necesario. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la
información personal contenida en tales documentos.
b) Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo, deberán abonar una tasa de 9,00 euros mediante
cualquiera de las siguientes formas:
- A través del servicio de pago con tarjeta de débito o crédito mediante autoliquidación, en la
dirección: https://sede.dip-badajoz.es/pagotarjeta/index.php?id=autoliquidacion, disponible a
cualquier hora del día, cualquier día de la semana, sin necesidad de disponer de certificado
digital.
- O mediante ingreso de la cantidad indicada en la cuenta corriente: ES 49 - 2048 - 1299 - 8534 0000-0890, de la entidad Liberbank, indicando necesariamente el nombre y apellidos del
aspirante, y el concepto: "Pruebas selectivas Técnico/a Auxiliar Audiovisual".
Estarán exentos del pago de esta tasa:
- Aquellas personas solicitantes que se encuentren en situación legal de desempleo durante el
periodo de presentación de instancias, acreditándolo con un informe de vida laboral expedido
por la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Los miembros de familias numerosas que tengan reconocida tal condición, clasificadas de
"categoría especial".
- Las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o parejas de
hecho, así como sus hijos, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal
condición.
Se fija una bonificación del 50% del importe de la tasa para los miembros de familias numerosas que tengan
reconocida tal condición, clasificadas de "categoría general".
Estas exenciones y bonificaciones deberán ser rogadas por el aspirante, indicándolo en su solicitud,
acompañando a la misma copia de la documentación requerida. La presentación y pago de los derechos de
examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
c) La presentación de la solicitud, junto a la documentación que la acompaña, se realizará por cualquiera de
los medios siguientes:
- Por vía electrónica: durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido, a
través del procedimiento indicado anteriormente, en la sede electrónica corporativa de la
Diputación
de
Badajoz,
disponible
en
la
dirección
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=ciudadanos. Los interesados aportarán al expediente
los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que
debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la
solicitud electrónica. La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir
al interesado la exhibición del documento o de la información original o solicitar del
correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de
tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información
personal contenida en tales documentos.
- En soporte papel: en el Registro Auxiliar de la Oficina de Información Administrativa de la
Diputación Provincial de Badajoz (c/ Felipe Checa, 23, 06071-Badajoz), o por cualquiera de los
medios a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el supuesto que la solicitud se
presente a través de las oficinas de Correos deberá ir en sobre abierto para ser fechada y
sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada. En todo caso requerirá su
presentación en tiempo y forma.
- Se podrá hacer uso, para la presentación de las solicitudes y de la documentación requerida,
de la aplicación informática "Oficina de Registro Virtual" (ORVE) a través de aquellas entidades
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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